Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Hacienda y Administración Pública. (BOP-2021-5801)
BOP-2021-5801 Calendario días inhábiles año 2022 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- 1 de enero, Año Nuevo.
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 14 de abril, Jueves Santo.
- 15 de abril, Viernes Santo.
- 2 de mayo, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 1 de
mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 8 de septiembre, Día de Extremadura.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 26 de diciembre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura
los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a
lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 98/2021, de 28 de julio, figuran en las relaciones
publicadas por Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad
Autónoma de Extremadura durante el año 2022 (DOE n.º 225, de 23 de noviembre de 2021), o
modificaciones que se produzcan.
ARTÍCULO 2. PUBLICACIÓN DEL CALENDARIO.
El presente decreto se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en los Boletines Oficiales
de las Provincias de Badajoz y Cáceres y estará expuesto en los tablones de anuncios de los
órganos y dependencias de las Administraciones autonómica y local.
CVE:
BOP-2021-5801
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24515
- 6 de enero, Epifanía del Señor.
- 14 de abril, Jueves Santo.
- 15 de abril, Viernes Santo.
- 2 de mayo, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 1 de
mayo, Fiesta del Trabajo.
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
- 8 de septiembre, Día de Extremadura.
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
- 1 de noviembre, Todos los Santos.
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
- 26 de diciembre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura
los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a
lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 98/2021, de 28 de julio, figuran en las relaciones
publicadas por Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad
Autónoma de Extremadura durante el año 2022 (DOE n.º 225, de 23 de noviembre de 2021), o
modificaciones que se produzcan.
ARTÍCULO 2. PUBLICACIÓN DEL CALENDARIO.
El presente decreto se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en los Boletines Oficiales
de las Provincias de Badajoz y Cáceres y estará expuesto en los tablones de anuncios de los
órganos y dependencias de las Administraciones autonómica y local.
CVE:
BOP-2021-5801
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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