Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5776)
BOP-2021-5776 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Administrativos/as de Administración General. Turno de promoción interna.
25 páginas totales
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
6.1. La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidosa partir de la letra “W”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 19-2-2021) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la
resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de
comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco
días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede
electrónica de la Diputación Provincial (direcciones webs indicadas en la Base 3ª).
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo
y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que corresponderá al
Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en
función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden PRE/1822/2006, de 9 de
junio, o norma que la modifique o sustituya.
Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación solicitada.
Los órganos de selección darán traslado al interesado del contenido del informe técnico y
concretarán al aspirante interesado las condiciones en que se celebrará la prueba para la que se
solicitó la adaptación.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
competentes de los Servicios Sociales o Médicos de la Diputación Provincial de Cáceres o de los
órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse
éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
CVE:
BOP-2021-5776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24418
6.1. La actuación de los aspirantes en los ejercicios que no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidosa partir de la letra “W”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 19-2-2021) y figurará en el anuncio por el que se haga pública la
resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha, hora y lugar de
comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación de al menos cinco
días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios Electrónico, ubicado en la sede
electrónica de la Diputación Provincial (direcciones webs indicadas en la Base 3ª).
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud de su
condición con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones de tiempo
y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente,
acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de
minusvalía reconocido.
La adaptación de tiempos y medios no se otorgará de forma automática sino únicamente
cuando la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, por lo que corresponderá al
Tribunal Calificador resolver la procedencia y concreción de la adaptación de tiempos y medios en
función de las circunstancias específicas de cada ejercicio, según Orden PRE/1822/2006, de 9 de
junio, o norma que la modifique o sustituya.
Además podrán solicitar del interesado información adicional respecto de la adaptación solicitada.
Los órganos de selección darán traslado al interesado del contenido del informe técnico y
concretarán al aspirante interesado las condiciones en que se celebrará la prueba para la que se
solicitó la adaptación.
No obstante, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
competentes de los Servicios Sociales o Médicos de la Diputación Provincial de Cáceres o de los
órganos técnicos competentes en materia de discapacidad de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
6.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la convocatoria quienes no comparezcan, salvo caso de fuerza mayor, debidamente
alegado y justificado con anterioridad a la celebración del ejercicio, y apreciado libremente por el
Tribunal que, en cualquier momento podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su
personalidad.
6.3. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse
éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la
identidad de los aspirantes.
SEPTIMA. Sistemas de Selección.
CVE:
BOP-2021-5776
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24418