Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5775)
BOP-2021-5775 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Administrativos/as de Administración General. Turno libre.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
 Un/a empleado/a público/a, designado por una Administración Pública distinta de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria y su correspondiente suplente.
 Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de similar Área funcional y sus correspondientes
suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria se concretará las personas integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas.
En el supuesto que no haya suficientes empleados públicos de la Diputación Provincial de
Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de esta categoría, se
podrá acudir a empleados públicos de otras Administraciones Públicas.
Todos los miembros de los Tribunales deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la
exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo.
Asimismo, los Tribunales no podrán estar formados mayoritariamente por funcionarios o personal
laboral fijo pertenecientes al mismo Cuerpo o Escala objeto de la selección, salvo las peculiaridades
del personal docente, investigador o sanitario.
La pertenencia a los Tribunales será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta
en representación o por cuenta de nadie. Los órganos de selección deberán ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de
CVE:
BOP-2021-5775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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