Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5774)
BOP-2021-5774 Convocatoria para la provisión de una plaza de Trabajador/a Social.
35 páginas totales
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública
de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación y su correspondiente
suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por una Administración Pública distinta de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria y su correspondiente suplente.
Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de similar Área funcional y sus correspondientes
suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres se concretará las personas
integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas.
CVE:
BOP-2021-5774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24345
QUINTA. Tribunales de selección.
5.1. Los Tribunales calificadores encargados de la selección tendrá la categoría establecida en el
art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estarán constituidos en la forma que se
determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, y 97 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública
de Extremadura, quedando formados por los titulares que a continuación se indican y sus
correspondientes suplentes:
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación y su correspondiente
suplente.
Vocales:
Un/a empleado/a público/a, designado por una Administración Pública distinta de la Excma.
Diputación Provincial de Cáceres o del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión
Tributaria y su correspondiente suplente.
Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación o del Organismo Autónomo de
Recaudación y Gestión Tributaria de similar Área funcional y sus correspondientes
suplentes.
Secretario:
Un/a empleado/a público/a, que tendrá voz y voto y su correspondiente suplente.
Por Resolución Presidencial de la Diputación Provincial de Cáceres se concretará las personas
integrantes del Tribunal.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección:
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas.
CVE:
BOP-2021-5774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24345