Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5774)
BOP-2021-5774 Convocatoria para la provisión de una plaza de Trabajador/a Social.
35 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo
con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de
celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a
jornadas, seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que convocó e
impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de
las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y número de
créditos y/o horas asignados, o mediante
Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la
Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
C.2- Por asistir:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada actividad
formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito
con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
C.3- Por impartir:
CVE:
BOP-2021-5774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24355
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la duración de las
actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo
con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días concretos de
celebración del curso.
Asimismo, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los
derivados de procesos selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a
jornadas, seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien, mediante:
Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que convocó e
impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de
las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del curso, y número de
créditos y/o horas asignados, o mediante
Copia del diploma en el que conste, además de la información anterior el logotipo de la
Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase que está acogido al
Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas.
Ello no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
C.2- Por asistir:
Actividades formativas realizados de menos de 10 horas: 0,02 puntos por cada actividad
formativa.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas, ni días, se
valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,03 puntos cada crédito de cada uno de las demás actividades
formativas presentados por los aspirantes. Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito
con 10 horas.
Para el caso de que el certificado o diploma indique los créditos y las horas de duración, la
valoración se realizará siempre por los créditos que figuren en éste.
C.3- Por impartir:
CVE:
BOP-2021-5774
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
Pág. 24355