Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5772)
BOP-2021-5772 Convocatoria para la provisión de tres plazas de Operadores/as Informáticos/as.
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AREA DE PERSONAL, FORMACION Y SEPEI
13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el
que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el
Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local;
el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás normas
concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA.-Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el plazo
de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Con-
tencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos comprendi-
dos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de reposición ante esta Presidencia,
en el plazo de un mes; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime oportuno.
ANEXO I
PROGRAMA COMUN
Tema 1.- La Constitución Española de 1978 (I): Título Preliminar. Los derechos y deberes fundamentales:
Los españoles y los extranjeros. Derechos y Libertades.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II):Los principios rectores de la política social y económica.
CVE:
BOP-2021-5772
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de diciembre de 2021
N.º 0246
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13.2. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
13.3. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, la Ley 7/1985, de 2 de Abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el
que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el
Real Decreto 896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas
mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local;
el Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y demás normas
concordantes de general aplicación.
DECIMOCUARTA.-Recursos.
El presente acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer, en el plazo
de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Con-
tencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres o, con carácter potestativo, en los términos comprendi-
dos en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de reposición ante esta Presidencia,
en el plazo de un mes; todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que se estime oportuno.
ANEXO I
PROGRAMA COMUN
Tema 1.- La Constitución Española de 1978 (I): Título Preliminar. Los derechos y deberes fundamentales:
Los españoles y los extranjeros. Derechos y Libertades.
Tema 2.- La Constitución Española de 1978 (II):Los principios rectores de la política social y económica.
CVE:
BOP-2021-5772
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0246
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