Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5748)
BOP-2021-5748 EXTRACTO Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones para la adjudicación de Ayudas a los participantes de los itinerarios formativos del Proyecto ISLA IV en el marco del P.O. de Empleo, Formación y Educación.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Formación. Ha de completar la formación programada en el itinerario en el que participe,
justificada con la obtención del diploma, certificado o documento acreditativo de la formación
recibida. La formación programada incluye la específica, la práctica profesional no laboral, la
transversal y complementaria.
Asistencia. Debe asistir el número de horas o porcentaje exigido en la convocatoria respecto a
la duración total del itinerario (horas totales de formación excluidas las horas de tutorías y
orientación), no computando para este cálculo las faltas injustificadas. Se admiten ausencias
justificadas no superiores al 10% del número total de horas del itinerario. La asistencia se
acreditará con los partes de asistencia de cada acción formativa.
TERCERO. CONCEPTO DE LA AYUDA Y CUANTÍA.
La finalidad de la ayuda económica es fomentar la participación de las personas beneficiarias
en los itinerarios integrados de inserción social y laboral del Proyecto ISLA IV. La cuantía de la
misma asciende a la cantidad de 17,00 € por día de asistencia, de la que se detraerá el
porcentaje que corresponda según ley en concepto de retención a cuenta del IR.
CUARTO. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
Son obligaciones de las mismas:
Adquirir la condición de persona formada en alguno de los itinerarios del Proyecto ISLA IV.
El/la beneficiario/a queda obligado/a a someterse a las acciones de comprobación oportunas y
facilitar la información que le sea requerida por la Diputación, de conformidad con lo estipulado
en el art. 14.1 c) de la Ley 38/2003.
Los/as beneficiarios/as no deben encontrarse incursos/as en ninguna prohibición para obtener
la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones; no obstante en base a lo preceptuado en el art. 13.2
de la Ley General de Subvenciones se exonera a los/as beneficiarios/as de estar al corriente
en las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social, con la Hacienda
Autonómica y con la Hacienda Provincial, así como la de no hallarse al corriente de pago de
obligaciones por reintegro de subvenciones, y ello, como medida de carácter extraordinario en
base a la excepcional situación producida por la pandemia de la COVID-19 y las graves
consecuencias ocasionadas en nuestro entorno tanto en el plano económico como social.
Cualesquiera otras que se desprendan del contenido de las presentes bases y de la normativa
aplicable.
CVE:
BOP-2021-5748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24076
justificada con la obtención del diploma, certificado o documento acreditativo de la formación
recibida. La formación programada incluye la específica, la práctica profesional no laboral, la
transversal y complementaria.
Asistencia. Debe asistir el número de horas o porcentaje exigido en la convocatoria respecto a
la duración total del itinerario (horas totales de formación excluidas las horas de tutorías y
orientación), no computando para este cálculo las faltas injustificadas. Se admiten ausencias
justificadas no superiores al 10% del número total de horas del itinerario. La asistencia se
acreditará con los partes de asistencia de cada acción formativa.
TERCERO. CONCEPTO DE LA AYUDA Y CUANTÍA.
La finalidad de la ayuda económica es fomentar la participación de las personas beneficiarias
en los itinerarios integrados de inserción social y laboral del Proyecto ISLA IV. La cuantía de la
misma asciende a la cantidad de 17,00 € por día de asistencia, de la que se detraerá el
porcentaje que corresponda según ley en concepto de retención a cuenta del IR.
CUARTO. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
Son obligaciones de las mismas:
Adquirir la condición de persona formada en alguno de los itinerarios del Proyecto ISLA IV.
El/la beneficiario/a queda obligado/a a someterse a las acciones de comprobación oportunas y
facilitar la información que le sea requerida por la Diputación, de conformidad con lo estipulado
en el art. 14.1 c) de la Ley 38/2003.
Los/as beneficiarios/as no deben encontrarse incursos/as en ninguna prohibición para obtener
la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de
la Ley 38/2003, General de Subvenciones; no obstante en base a lo preceptuado en el art. 13.2
de la Ley General de Subvenciones se exonera a los/as beneficiarios/as de estar al corriente
en las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social, con la Hacienda
Autonómica y con la Hacienda Provincial, así como la de no hallarse al corriente de pago de
obligaciones por reintegro de subvenciones, y ello, como medida de carácter extraordinario en
base a la excepcional situación producida por la pandemia de la COVID-19 y las graves
consecuencias ocasionadas en nuestro entorno tanto en el plano económico como social.
Cualesquiera otras que se desprendan del contenido de las presentes bases y de la normativa
aplicable.
CVE:
BOP-2021-5748
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24076