Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5747)
BOP-2021-5747 EXTRACTO. Bases reguladoras de la Convocatoria de Subvenciones para la adjudicación de ayudas a las personas participantes en las Acciones Formativas del Proyecto JUVENTAS FORMA en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil. Ayudas EMP-POEJ.
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TERCERO. CONCEPTO DE LA AYUDA Y CUANTÍA.
La finalidad de la ayuda económica es fomentar la participación de las personas beneficiarias
en las acciones del Proyecto JUVENTAS FORMA. La cuantía de la misma asciende a la
cantidad de 13,45 euros por día de asistencia, a la que se le aplicará de oficio una retención en
concepto de IRPF, conforme a la normativa reguladora de este impuesto.
CUARTO. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
Son obligaciones de las mismas:
- Adquirir la condición de persona formada en alguna de las acciones formativas de
JUVENTAS FORMA.
- Cumplir los requisitos para ser beneficiario/a de dichas ayudas, de acuerdo con lo
establecido en el art.13 de la Ley 38/2003; no obstante en base a lo preceptuado en el
art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones se exonera a los/as beneficiarios/as de
estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social,
con la Hacienda Autonómica y con la Hacienda Provincial, así como la de no hallarse al
corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y ello, como medida
de carácter extraordinario en base a la excepcional situación producida por la pandemia
de la COVID-19 y las graves consecuencias ocasionadas en nuestro entorno tanto en el
plano económico como social.
- Cualesquiera otras que se desprendan del contenido de las presentes bases y de la
normativa aplicable.
QUINTO. FUNDAMENTACIÓN SUBVENCIÓN.
Se fundamenta el sistema de convocatoria abierta en régimen de concesión directa en que se
trata de ayudas destinadas a fomentar la creación e impulso de nuevas líneas de actividad en
aras a contener el despoblamiento de la provincia y en favor del desarrollo territorial de la
misma, así como promover la estabilidad en el empleo de la población joven, por lo que es
necesaria una mayor agilidad en el procedimiento y el pago de las ayudas, dada la imperiosa
necesidad, para las personas beneficiarias, de poder contar con estas ayudas a la mayor
celeridad.
SEXTO. COMPATIBILIDADES CON OTRAS AYUDAS.
La ayuda económica que el Proyecto JUVENTAS FORMA concede a los/as participantes es
CVE:
BOP-2021-5747
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
Pág. 24072
La finalidad de la ayuda económica es fomentar la participación de las personas beneficiarias
en las acciones del Proyecto JUVENTAS FORMA. La cuantía de la misma asciende a la
cantidad de 13,45 euros por día de asistencia, a la que se le aplicará de oficio una retención en
concepto de IRPF, conforme a la normativa reguladora de este impuesto.
CUARTO. OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
Son obligaciones de las mismas:
- Adquirir la condición de persona formada en alguna de las acciones formativas de
JUVENTAS FORMA.
- Cumplir los requisitos para ser beneficiario/a de dichas ayudas, de acuerdo con lo
establecido en el art.13 de la Ley 38/2003; no obstante en base a lo preceptuado en el
art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones se exonera a los/as beneficiarios/as de
estar al corriente en las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social,
con la Hacienda Autonómica y con la Hacienda Provincial, así como la de no hallarse al
corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, y ello, como medida
de carácter extraordinario en base a la excepcional situación producida por la pandemia
de la COVID-19 y las graves consecuencias ocasionadas en nuestro entorno tanto en el
plano económico como social.
- Cualesquiera otras que se desprendan del contenido de las presentes bases y de la
normativa aplicable.
QUINTO. FUNDAMENTACIÓN SUBVENCIÓN.
Se fundamenta el sistema de convocatoria abierta en régimen de concesión directa en que se
trata de ayudas destinadas a fomentar la creación e impulso de nuevas líneas de actividad en
aras a contener el despoblamiento de la provincia y en favor del desarrollo territorial de la
misma, así como promover la estabilidad en el empleo de la población joven, por lo que es
necesaria una mayor agilidad en el procedimiento y el pago de las ayudas, dada la imperiosa
necesidad, para las personas beneficiarias, de poder contar con estas ayudas a la mayor
celeridad.
SEXTO. COMPATIBILIDADES CON OTRAS AYUDAS.
La ayuda económica que el Proyecto JUVENTAS FORMA concede a los/as participantes es
CVE:
BOP-2021-5747
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de diciembre de 2021
N.º 0245
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