Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia. (BOP-2021-5725)
BOP-2021-5725 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, agua e hidrocarburos.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la
tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones
de transporte de energía eléctrica, agua e hidrocarburos.
No habiéndose presentado reclamación ni alegación alguna durante el periodo de exposición
pública contra la Modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el aprovechamiento
especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, agua e
hidrocarburos, en base a lo acordado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria
celebrada el día 22 de octubre de 2021, se considera definitivamente aprobada.
Por tal motivo, en base a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se hace público para general conocimiento el contenido íntegro de referida ordenanza
modificada que es el que sigue:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO
ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS, AGUA E HIDROCARBUROS.
Preámbulo.
A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Española y artículo 106 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local sobre
potestad normativa en materia de tributos locales y de conformidad, asimismo, con lo
establecido en los artículos 57, 15 y siguientes, del Texto Refundido de la Ley de Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y artículos 20 y
siguientes del mismo texto normativo, en especial el artículo 24.1 del propio cuerpo normativo,
se regula mediante la presente Ordenanza Fiscal la Tasa por el aprovechamiento especial del
dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua, e
hidrocarburos conforme al régimen y a las tarifas que se incluyen en la presente ordenanza
resultantes de un Informe técnico económico preceptivo cuyo método de cálculo y parámetros
CVE:
BOP-2021-5725
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de diciembre de 2021
N.º 0244
Pág. 23988
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia
ANUNCIO. Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la
tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local por instalaciones
de transporte de energía eléctrica, agua e hidrocarburos.
No habiéndose presentado reclamación ni alegación alguna durante el periodo de exposición
pública contra la Modificación Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el aprovechamiento
especial del dominio público local por instalaciones de transporte de energía eléctrica, agua e
hidrocarburos, en base a lo acordado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria
celebrada el día 22 de octubre de 2021, se considera definitivamente aprobada.
Por tal motivo, en base a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, se hace público para general conocimiento el contenido íntegro de referida ordenanza
modificada que es el que sigue:
“ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO
ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS, AGUA E HIDROCARBUROS.
Preámbulo.
A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Española y artículo 106 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local sobre
potestad normativa en materia de tributos locales y de conformidad, asimismo, con lo
establecido en los artículos 57, 15 y siguientes, del Texto Refundido de la Ley de Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y artículos 20 y
siguientes del mismo texto normativo, en especial el artículo 24.1 del propio cuerpo normativo,
se regula mediante la presente Ordenanza Fiscal la Tasa por el aprovechamiento especial del
dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua, e
hidrocarburos conforme al régimen y a las tarifas que se incluyen en la presente ordenanza
resultantes de un Informe técnico económico preceptivo cuyo método de cálculo y parámetros
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de diciembre de 2021
N.º 0244
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