Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2021-5695)
BOP-2021-5695 Aprobación definitiva Modificación Reglamento Escuela de Música.
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e) Proponer iniciativas de colaboración con otros centros.
f) Coordinar las actividades de investigación y difusión relacionadas con las enseñanzas
del centro.
g) Colaboración en la organización y desarrollo de actividades de difusión cultural.
CAPÍTULO III. ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CONTROL Y GESTÍON.
ARTÍCULO 11. EL CLAUSTRO DE PROFESORES/AS.
1. El Claustro de profesores/as estará formado por la totalidad del personal docente que preste
servicio en la Escuela Municipal de Música y lo presidirá el/la Director/a del centro. El Claustro
se reunirá siempre que lo convoque el/la Director/a o lo solicite la Concejalía de Cultura. La
asistencia al claustro será obligatoria para todos/as los/as componentes del mismo, salvo
enfermedad o causa justificada.
Son competencias y funciones del claustro de profesores/as:
a) Programar las actividades docentes del centro.
b) Coordinar las funciones de orientación y tutoría de los/as alumnos/as.
c) Promover iniciativas relacionadas con la música, en el ámbito de la experimentación o
investigación pedagógica.
TITULO IV. LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
La comunidad educativa de la Escuela estará constituida por el personal docente, el alumnado
y Universidad Popular.
ARTÍCULO 12. DISPOSICIONES GENERALES.
1. Calendario escolar.
El curso académico se someterá al calendario escolar que fije anualmente el Excmo.
Ayuntamiento de Alcántara.
2. Evaluaciones y calificaciones.
La evaluación será continua y la realizará el/la profesor/a de cada asignatura a lo largo del
curso.
CVE:
BOP-2021-5695
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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