Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2021-5695)
BOP-2021-5695 Aprobación definitiva Modificación Reglamento Escuela de Música.
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disposiciones vigentes, y por la calidad de la enseñanza.
2. Además garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos
reconocidos a los/as profesores/as, alumnos/as, madres y padres o tutores/as de alumnos/as y
personal de administración y servicios, y velarán por el cumplimiento de los deberes
correspondientes. Asimismo, favorecerán la participación efectiva de todos/as los/as miembros
de la comunidad educativa en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación.
ARTÍCULO 9. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
El profesorado y alumnado, madres y padres o tutores/as de alumnos/as, personal de la
administración y servicios, y el Ayuntamiento participarán en el control y gestión del centro
educativo.
CAPÍTULO II. DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 10.
El/la Director/a, además de lo establecido en la normativa referenciada, se tendrán en cuenta
los siguientes artículos:
1. El/la Director/a de la Escuela será el/la Concejal/a de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de
Alcántara.
Las funciones del/a Director/a son las siguientes:
a) Jefatura inmediata del claustro de profesores/as, velando por la existencia de
adecuadas condiciones de trabajo, por el correcto cumplimiento de las normativas y por
la más eficaz y eficiente organización del trabajo, y ejerciendo el control de asistencia,
cumplimiento de horarios y rendimiento del personal.
b) Coordinar la actividad general del centro, sin perjuicio de las competencias que
correspondan a los distintos órganos del mismo y ateniéndose a las competencias
funcionales del organigrama municipal.
c) Convocar y presidir todos los actos académicos y reuniones de los distintos órganos
del centro.
d) Informar o visar los expedientes y documentos relacionados con la actividad del
centro.
CVE:
BOP-2021-5695
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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