Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5690)
BOP-2021-5690 Normas reguladoras Plan de Empleo para Entidades Locales 2022 para la concesión de Ayudas destinadas a la financiación para la creación de empleo en las Entidades Locales de la provincia de Cáceres.
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Limpieza, desinfección y mantenimiento de infraestructuras.
Actividades relacionadas con la reactivación e innovación del sector turístico.
Personal informático para la mejora de la teleadministración y divulgación tecnológica
entre la población.
Fortalecimiento del personal de los servicios sociales de base.
Servicios administrativos y auxiliares.
Las Entidades Locales resolverán su propio método de selección que deberá cumplir los
criterios de transparencia, publicidad e igualdad de oportunidades. Ningún contrato formalizado
bajo estas ayudas dará lugar a relación laboral alguna con la Diputación de Cáceres.
Todos los gastos subvencionables en este apartado deberán corresponder a los costes
derivados del contrato laboral establecido, debiéndose realizar las contrataciones ente el 1 de
enero de 2022 y el 30 de junio de 2022, finalizando las contrataciones como fecha máxima el
31 de diciembre de 2022.
Tanto la duración del contrato como la duración de la jornada laboral será la establecida en la
Base Tercera.
Podrán cubrirse las bajas o vacantes que se produzcan en el transcurso del periodo de
ejecución sin que ello signifique un aumento de la ayuda aprobada. Esta eventualidad deberá
ser informada al órgano gestor.
La Entidad Local, como beneficiaria de esta subvención, asume el compromiso de justificar
ante el órgano gestor, esto es, el Área de Reto Demográfico, Desarrollo Sostenible, Juventud y
Turismo, la cantidad subvencionada sin perjuicio del control financiero que pueda realizarse por
parte de la Intervención Provincial en los términos del Plan Anual de Control Financiero vigente.
La entidad local incluirá en las estadísticas, encuestas y recogidas de datos que pudiera llevar
a cabo, la variable sexo, especificando el número de hombres y mujeres, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, y aportará tales datos a la Diputación a fin de seguir los
criterios generales de su artículo 14, el primero de los cuales es el compromiso con la
efectividad del derecho constitucional de igualdad entre mujeres y hombres.
BASE TERCERA.– TRAMITACIÓN ANTICIPADA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA,
FINANCIACIÓN CUANTÍA Y COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL.
Tramitación Anticipada. Dotación Presupuestaria
CVE:
BOP-2021-5690
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de diciembre de 2021
N.º 0243
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