Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5607)
BOP-2021-5607 Plan Estratégico de Subvenciones 2022 del Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
ARTÍCULO 9. CONCESIÓN DIRECTA.
Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión
directa.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidad con lo previsto al respecto en la Ley General de Subvenciones y en las Bases de
Ejecución del presupuesto.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
ARTÍCULO 10. EFECTOS.
Fomentar la realización de actividades de interés general, así como la colaboración entre este
Organismo Autónomo y los particulares para la gestión de actividades de interés público.
Impulsar, promover y potenciar la participación de la sociedad civil de nuestra ciudad en los
distintos ámbitos de gestión municipal de interés concurrente, así como promocionar la
inclusión social de los/as individuos/as mediante ayudas económicas a aquellos/as
ciudadanos/as que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social, en
defensa del principio de igualdad de oportunidades.
Todo ello a través de las líneas estratégicas de actuación que, para el ejercicio 2022, se
recogen en el documento anexo al presente, denominado “Anexo al Plan Estratégico de
Subvenciones. Anualidad 2022”.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho
alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO 11. PLAZOS.
Con carácter general, el plazo de desarrollo de las subvenciones será el que se establezca en
las bases de la convocatoria, en el acuerdo de concesión, en su caso, en el correspondiente
convenio, o en el documento que proceda.
ARTÍCULO 12. COSTES PREVISIBLES.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la
inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la
CVE:
BOP-2021-5607
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de diciembre de 2021
N.º 0239
Pág. 23569