Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5607)
BOP-2021-5607 Plan Estratégico de Subvenciones 2022 del Instituto Municipal de Asuntos Sociales.
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•AYUDAS DIRIGIDAS A ASOCIACIONES DE CARÁCTER SOCIAL, ORGANIZACIONES NO
GUBERNAMENTALES, ASOCIAICONES DE PERSONAS MAYORES, ASOCIACIONES DE
PERSONAS CON DISCAPACIDAD, Y ASOCIACIONES DE MUJERES.
•PRESTACIONES ECONOMICAS PARA EL TRATAMIENTO DE SITUACIONES DE
ESPECIAL NECESIDAD Y/O EMERGENCIA SOCIAL.
•AYUDAS DIRIGIDAS A FACILITAR LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR.
•AYUDAS DIRECTAS POR RAZONES HUMANITARIAS O INTERES SOCIAL POR
CATASTROFES NATURALES Y O HUMANITARIAS.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 6. BENEFICIARIOS/AS.
Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona o asociación que haya de
realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que
legitima su concesión.
ARTÍCULO 7. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN.
El Instituto Municipal de Asuntos Sociales concederá subvenciones en los términos y con el
alcance previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante convocatoria pública o,
excepcionalmente, a través de concesión directa.
Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones:
- Las previstas nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento, en los términos
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
- Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de
rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de
acuerdo con su propia normativa.
- Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede debidamente
acreditada la dificultad de su convocatoria pública.
CVE:
BOP-2021-5607
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 17 de diciembre de 2021
N.º 0239
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