Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-5566)
BOP-2021-5566 Convocatoria para la concesión de Subvenciones en materia de deportes, año 2021.
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poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por
cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos
documentos salvo que el/a interesado/a se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la
aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadoras o
de inspección.
7. SUBSANACIÓN, PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, PLAZOS Y NOTIFICACIÓN.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano
competente requerirá al/a interesado/a para que la subsane en el plazo máximo e
improrrogable de 2 días, indicándole/a que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su
solicitud.
La reducción de los plazos viene motivada porque desde el punto de vista de la Intervención es
importante que el expediente de concesión quede en fase AD para poder incorporarlo en el
ejercicio 2022.
Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá el expediente al órgano colegiado que, en
cumplimiento del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, haya establecido las
bases reguladoras, que emitirá informe sobre las solicitudes.
En este supuesto, y sin perjuicio de las especialidades que pudieran derivarse de la capacidad
de autoorganización de las Administraciones Públicas, la propuesta de concesión se formulará
al órgano concedente por un órgano colegiado a través del órgano instructor. La composición
del órgano será la que establezcan las correspondientes bases reguladoras. Se podrá
prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los/as interesados/as.
En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, el órgano instructor formulará la
propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los/as
interesados/as en la forma que se establezca en la convocatoria, con un plazo de diez días
para presentar alegaciones.
La propuesta de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del/a
beneficiario/a propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
La propuesta de resolución definitiva deberá contener:
CVE:
BOP-2021-5566
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de diciembre de 2021
N.º 0237
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