Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5539)
BOP-2021-5539 Bases para la cobertura en propiedad de tres plazas de Subinspector/a de la Policía Local. Concurso oposición turno libre.
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La composición será la siguiente:
Presidencia: Un/a funcionario/a de carrera de la Corporación.
Vocales:
El/la Jefe/a de la Policía Local o mando intermedio.
Un/a funcionario/a de carrera de la Corporación designado/a por la Alcaldía.
Un/a funcionario/a de carrera designado por la Consejería competente en materia de
Coordinación de Policías Locales.
Secretaría: Un/a funcionario/a de carrera de la Corporación que tendrá voz pero no voto.
El Tribunal quedará integrado, además, por el personal suplente respectivo, que
simultáneamente con los/as titulares habrán de designarse.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
A iniciativa de cada central sindical podrán estar presentes en los tribunales, durante la
totalidad del proceso selectivo, a excepción de aquellos actos o fases en los que se delibere,
decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización, en calidad de
observadores, un representante de cada una de las centrales u organizaciones sindicales con
representatividad en el ámbito de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El órgano de selección puede disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista y/o colaboradores/as para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo
previsto en la correspondiente convocatoria. Este personal colaborará exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
las personas miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría. Las decisiones se
adoptarán por mayoría y están facultados/as para resolver las cuestiones que pudieran
suscitarse durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para garantizar el
normal desarrollo de la convocatoria.
El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará en todo momento a lo dispuesto en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estando sus
CVE:
BOP-2021-5539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de diciembre de 2021
N.º 0235
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