Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-5539)
BOP-2021-5539 Bases para la cobertura en propiedad de tres plazas de Subinspector/a de la Policía Local. Concurso oposición turno libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2-6-2.- Pie plano.
2-6-3.- Otras alteraciones del aparato locomotor tales como patología ósea de
extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular, ósea o
articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares o articulares
que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial o que puedan agravarse, a
juicio de los/as facultativos/as médicos/as actuantes, con el desempeño del puesto de
trabajo.
2-7.- Enfermedades o alteraciones del aparato de la visión:
2.7.1.- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en
cada uno de los ojos, según la escala de Wecker.
2-7-2.- Desprendimiento de retina.
2-7-3.- Estrabismo.
2-7-4.- Hemianopsias.
2-7-5.- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as
médicos/as actuantes, límite o dificulte de manera importante la agudeza visual.
2-8.- Enfermedades o alteraciones del aparato de la audición:
2-8-1.- Disminución de la agudeza auditiva (Audiometría): Agudeza auditiva que
suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a
45 decibelios.
2-8-2.- Síndrome vertiginoso de cualquier etiología.
2-8-3.- También serán causa de exclusión aquellas enfermedades de carácter crónico y
que causen pérdida auditiva progresiva, aún cuando en el momento de la exploración el
nivel auditivo esté dentro de los límites exigidos.
2-8-4.- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as
médicos/as actuantes, límite o dificulte el desempeño de la función policial.
2-9.- Enfermedades o alteraciones del sistema nervioso:
2-9-1.- Epilepsias.
2-9-2.- Convulsiones sin filiar.
CVE:
BOP-2021-5539
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de diciembre de 2021
N.º 0235
Pág. 23297
2-6-3.- Otras alteraciones del aparato locomotor tales como patología ósea de
extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular, ósea o
articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares o articulares
que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial o que puedan agravarse, a
juicio de los/as facultativos/as médicos/as actuantes, con el desempeño del puesto de
trabajo.
2-7.- Enfermedades o alteraciones del aparato de la visión:
2.7.1.- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en
cada uno de los ojos, según la escala de Wecker.
2-7-2.- Desprendimiento de retina.
2-7-3.- Estrabismo.
2-7-4.- Hemianopsias.
2-7-5.- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as
médicos/as actuantes, límite o dificulte de manera importante la agudeza visual.
2-8.- Enfermedades o alteraciones del aparato de la audición:
2-8-1.- Disminución de la agudeza auditiva (Audiometría): Agudeza auditiva que
suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a
45 decibelios.
2-8-2.- Síndrome vertiginoso de cualquier etiología.
2-8-3.- También serán causa de exclusión aquellas enfermedades de carácter crónico y
que causen pérdida auditiva progresiva, aún cuando en el momento de la exploración el
nivel auditivo esté dentro de los límites exigidos.
2-8-4.- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as
médicos/as actuantes, límite o dificulte el desempeño de la función policial.
2-9.- Enfermedades o alteraciones del sistema nervioso:
2-9-1.- Epilepsias.
2-9-2.- Convulsiones sin filiar.
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Pág. 23297