Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5300)
BOP-2021-5300 EXTRACTO Bases reguladoras Plan Activa Cultura Deporte 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ANEXO, según modelo publicado con las bases de la Convocatoria.
Se presentará Alta de terceros, solo en aquéllos casos en los que la Diputación Provincial de
Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos con respecto al último Alta
de Terceros, que conste en los archivos de la Diputación.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
adicional”.
6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración –cuya composición se determina en la BASE SÉPTIMA de la
Convocatoria- llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de
selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta,
debidamente motivada.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La ayuda, en relación con las solicitudes para escuelas de música, se concederá otorgando el
valor que corresponda según los criterios de reparto establecidos en las Bases de la
Convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la base segunda.
7.- PLAZOS
El plazo de ejecución será del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.
El plazo de justificación será hasta el 31 de marzo de 2023.
Cáceres, 23 de noviembre de 2021
Carlos Carlos Rodríguez
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-5300
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
Pág. 22422
Se presentará Alta de terceros, solo en aquéllos casos en los que la Diputación Provincial de
Cáceres no lo tenga a su disposición o hubiera variación de datos con respecto al último Alta
de Terceros, que conste en los archivos de la Diputación.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal
circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento
adicional”.
6.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración –cuya composición se determina en la BASE SÉPTIMA de la
Convocatoria- llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios de
selección establecidos en las bases de la Convocatoria. Emitirá la correspondiente acta,
debidamente motivada.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
La ayuda, en relación con las solicitudes para escuelas de música, se concederá otorgando el
valor que corresponda según los criterios de reparto establecidos en las Bases de la
Convocatoria.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la base segunda.
7.- PLAZOS
El plazo de ejecución será del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.
El plazo de justificación será hasta el 31 de marzo de 2023.
Cáceres, 23 de noviembre de 2021
Carlos Carlos Rodríguez
PRESIDENTE
CVE:
BOP-2021-5300
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
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