Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-5299)
BOP-2021-5299 Bases reguladoras Plan Activa Cultura Deporte 2022.
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+ El 50% a repartir entre todos los ayuntamientos que opten a subvención, en función
del número de profesores/as del Centro, calculándose la cantidad que corresponderá
por cada profesor/a.
+ El otro 50% se distribuirá en función de alumnos matriculados, calculándose la
cantidad que corresponderá por cada alumno.
Del mismo modo los municipios que cuenten con Pedanías podrán adicionar, siempre que lo
reseñen en la solicitud, 700 euros por cada una de ellas destinados a actuaciones del Catálogo
de Artistas de la Provincia de Cáceres denominado GUIARTEX gestionado por la Diputación
Provincial de Cáceres. A estos efectos se consideran Pedanías las reseñadas en el Portal del
Ciudadano de la Junta de Extremadura para la Provincia de Cáceres.
En el caso de que existiera un sobrante en los créditos asignados durante la tramitación de los
expedientes, no se procederá a realizar una reasignación de estos créditos. Igualmente, en el
caso de que alguna Entidad local solicite una cuantía inferior a la establecida en la asignación
inicial, se considerará decaída la parte de asignación no solicitada. La aportación que se
conceda por la Diputación tiene la condición de definitiva. Se admiten para la financiación
municipal otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea u organismos internacionales, siempre y cuando la entidad concedente no lo prohíba y
los importes a recibir por el municipio no superen la cantidad resultante de la suma de la
aportación del Ayuntamiento y la de la Diputación Provincial.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto
es, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva
de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en la Base 40 de las de Ejecución del Presupuesto para el año
en curso y en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en todo caso
siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a
expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS.
No será necesaria la constitución de garantía alguna, por la naturaleza del perceptor de la
subvención (Administración Pública), según lo establecido en la Base 41, apartado "Garantías y
CVE:
BOP-2021-5299
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
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del número de profesores/as del Centro, calculándose la cantidad que corresponderá
por cada profesor/a.
+ El otro 50% se distribuirá en función de alumnos matriculados, calculándose la
cantidad que corresponderá por cada alumno.
Del mismo modo los municipios que cuenten con Pedanías podrán adicionar, siempre que lo
reseñen en la solicitud, 700 euros por cada una de ellas destinados a actuaciones del Catálogo
de Artistas de la Provincia de Cáceres denominado GUIARTEX gestionado por la Diputación
Provincial de Cáceres. A estos efectos se consideran Pedanías las reseñadas en el Portal del
Ciudadano de la Junta de Extremadura para la Provincia de Cáceres.
En el caso de que existiera un sobrante en los créditos asignados durante la tramitación de los
expedientes, no se procederá a realizar una reasignación de estos créditos. Igualmente, en el
caso de que alguna Entidad local solicite una cuantía inferior a la establecida en la asignación
inicial, se considerará decaída la parte de asignación no solicitada. La aportación que se
conceda por la Diputación tiene la condición de definitiva. Se admiten para la financiación
municipal otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión
Europea u organismos internacionales, siempre y cuando la entidad concedente no lo prohíba y
los importes a recibir por el municipio no superen la cantidad resultante de la suma de la
aportación del Ayuntamiento y la de la Diputación Provincial.
BASE TERCERA. RÉGIMEN DE PAGO Y GARANTÍAS.
RÉGIMEN DE PAGO.
Las ayudas concedidas a través de la presente Convocatoria tendrán carácter prepagable, esto
es, la Diputación procederá al pago de las mismas, una vez se produzca la concesión definitiva
de las ayudas y, con anterioridad a la presentación de la correspondiente justificación, de
conformidad con lo establecido en la Base 40 de las de Ejecución del Presupuesto para el año
en curso y en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en todo caso
siempre que la entidad beneficiaria no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a
expedientes de subvenciones de la Diputación Provincial de Cáceres.
GARANTÍAS.
No será necesaria la constitución de garantía alguna, por la naturaleza del perceptor de la
subvención (Administración Pública), según lo establecido en la Base 41, apartado "Garantías y
CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 30 de noviembre de 2021
N.º 0228
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