Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-5257)
BOP-2021-5257 Bases convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo de Encargado/a de Obras.
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—Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo
que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
—No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la
convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de
conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
—Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. Estar en posesión
del título de Bachiller o Técnico o titulación equivalente correspondiente al Subgrupo C1
de clasificación de funciones públicas expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y
Deportes. En el caso de que las titulaciones a que se refiere este apartado se hayan
obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación.
—Estar en posesión del carnet de conducir clase B en el momento en que finalice el
plazo de presentación de documentos, disponibilidad de vehículo y estar en disposición
de realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades propias
del puesto de trabajo.
—No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arregla a la
legislación vigente.
Los requisitos deberán cumplirse en el momento de la finalización del plazo para presentar la
solicitud de participación en el correspondiente proceso selectivo y deberán acreditarse una
vez finalizado éste, antes de la formalización del contrato en el caso del personal laboral.
CUARTA. Turno de Reserva.
Se establece por Ley que se reservará un cupo no inferior al diez por ciento de las vacantes
ofertadas para ser cubiertas entre personas que acrediten poseer una discapacidad de grado
igual o superior al treinta y tres por ciento, atendiendo al artículo 92 de la Ley 13/2015, de 8 de
CVE:
BOP-2021-5257
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de noviembre de 2021
N.º 0226
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