Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2021-5257)
BOP-2021-5257 Bases convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo de Encargado/a de Obras.
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en materia de seguridad y salud laboral por parte del personal a su cargo;
- La conducción y manejo de vehículos; efectuar tareas propias del oficio de albañilería;
- Colaborar en la inspección y control de las obras que han sido contratadas por el
Ayuntamiento, en coordinación con los/as Técnicos/as de Obras y Servicios; velar por el
mantenimiento de edificios, plazas, viales, caminos y otras propiedades análogas de titularidad
municipal.
- Atender imprevistos surgidos fuera de su jornada ordinaria que sean propios de sus
funciones.
- Y, en general, todas aquellas propias del puesto de trabajo de encargado/a de Obras.
Las funciones asignadas podrán ser modificadas por el/la superior jerárquico/a, o cuando las
necesidades del servicio así lo hagan conveniente.
El proceso selectivo se sujetará, en todo lo no expresamente previsto en las presentes Bases,
a lo establecido en la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el
R.D. Legislativo 781/1.986, de 13 de abril, del Texto Refundido de las disposiciones vigentes en
materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2.015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del/la Empleado/a Público/a; el
Decreto 201/1.995, de 26 de diciembre, del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el R.D.
364/1.995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio del
Estado, y la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2.015, de Régimen Jurídico del Sector Público y
demás normas concordantes de aplicación.
SEGUNDA. Modalidad del Contrato.
La modalidad del contrato es laboral temporal, regulada en el artículo 15.1 del Texto Refundido
de la Ley del Estatuto de los/as Trabajadores/as aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre, para atender a las siguientes circunstancias:
Se pone de manifiesto la necesidad de constitución de una bolsa de empleo para la
contratación de un/a Encargado/a de Obras para la cobertura de vacante con carácter temporal
y ello es así puesto que esta Corporación no ha procedido a asignar dedicación ni exclusiva ni
parcial al Concejal de Obras, como tradicionalmente se venía haciendo por las anteriores
Corporaciones, por lo que al tener el Concejal de Obras que atender a sus obligaciones
CVE:
BOP-2021-5257
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 26 de noviembre de 2021
N.º 0226
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