Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata. (BOP-2021-4564)
BOP-2021-4564 Ordenanza Municipal Reguladora de la ocupación temporal de terrenos de uso público con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácter permanente.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Ordenanza Municipal Reguladora de la ocupación temporal de
terrenos de uso público con terrazas de veladores anejas a establecimientos
hosteleros de carácter permanente.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la Ordenanza Municipal Reguladora de la ocupación temporal de terrenos de uso público
con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácter permanente,
acuerdo del Pleno de fecha 13 de mayo de 2021, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA OCUPACION TEMPORAL DE TERRENOS DE USO
PÚBLICO CON TERRAZAS DE VELADORES ANEJAS A ESTABLECIMIENTOS
HOSTELEROS DE CARÁCTER PERMANENTE.
PREÁMBULO.
Este Ayuntamiento atendiendo al principio de autonomía local y las competencias que le
corresponden conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases
de régimen local, considera necesaria la regulación oportuna sobre la ocupación de la vía
pública mediante la instalación de terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros
de carácter permanente.
La Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre,
de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo
y la publicidad de los productos del tabaco, ha provocado la presentación de numerosas
solicitudes de instalación de terrazas en la vía pública para hacer frente a las restricciones
resultantes de su aplicación, lo que se ha convertido en una necesidad para las Corporaciones
Locales de regular, de una manera completa y detallada, el desarrollo de una actividad
complementaria o anexa a establecimientos hosteleros de carácter permanente.
CVE:
BOP-2021-4564
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de octubre de 2021
N.º 0193
Pág. 20082
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata
ANUNCIO. Ordenanza Municipal Reguladora de la ocupación temporal de
terrenos de uso público con terrazas de veladores anejas a establecimientos
hosteleros de carácter permanente.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la Ordenanza Municipal Reguladora de la ocupación temporal de terrenos de uso público
con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros de carácter permanente,
acuerdo del Pleno de fecha 13 de mayo de 2021, cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA REGULADORA DE LA OCUPACION TEMPORAL DE TERRENOS DE USO
PÚBLICO CON TERRAZAS DE VELADORES ANEJAS A ESTABLECIMIENTOS
HOSTELEROS DE CARÁCTER PERMANENTE.
PREÁMBULO.
Este Ayuntamiento atendiendo al principio de autonomía local y las competencias que le
corresponden conforme al artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases
de régimen local, considera necesaria la regulación oportuna sobre la ocupación de la vía
pública mediante la instalación de terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros
de carácter permanente.
La Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre,
de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo
y la publicidad de los productos del tabaco, ha provocado la presentación de numerosas
solicitudes de instalación de terrazas en la vía pública para hacer frente a las restricciones
resultantes de su aplicación, lo que se ha convertido en una necesidad para las Corporaciones
Locales de regular, de una manera completa y detallada, el desarrollo de una actividad
complementaria o anexa a establecimientos hosteleros de carácter permanente.
CVE:
BOP-2021-4564
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de octubre de 2021
N.º 0193
Pág. 20082