Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casillas de Coria. (BOP-2021-4537)
BOP-2021-4537 Aprobación del Reglamento de Régimen interno del Centro Residencial de Mayores.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Casillas de Coria
Artículo 58º.- El órgano de representación y participación será el
órgano directivo, y recibirá el nombre de Consejo de Residentes.
Artículo 59º.- El Consejo de Residentes, se integrará por los
representantes de los usuarios/as, que serán elegidos de forma libre,
directa y secreta, al igual que los representantes de la Administración
Local y de los trabajadores. Todos tendrán voz y voto.
Artículo 60º.- El cargo de Presidente/a, será ocupado por el Alcalde/sa
o Concejal/la en quien delegue. Los vocales, serán los representantes de
las fuerzas políticas presentes en el Ayuntamiento. Secretario/a, el del
Ayuntamiento, o persona en quien delegue. Representantes de los
trabajadores y de los usuarios/as y el o la Trabajadora Social del
Ayuntamiento y el/la Gerente del Centro.
Artículo 61º.- El número de representantes será siempre impar.
Artículo 62º.- El Consejo de Residentes, se entenderá válidamente
constituido cuando se encuentren presentes la mitad más uno de los
miembros.
Artículo 63º.- La convocatoria la realizará siempre el/la Presidente/a,
con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, a petición del
cualquiera de las partes, señalando el orden del día, lugar y hora de la
reunión.
Artículo 64º.- Los acuerdos, se podrán tomar por mayoría simple,
decidiendo en caso de empate el voto del Presidente/a.
Artículo 65º.- Se levantará Acta de las sesiones, en las que figurará la
constitución de la mesa, los asistentes a la reunión, el desarrollo del
orden del día y los acuerdos tomados.
Artículo 66º.- Los usuarios/as también podrán participar mediante
quejas, reclamaciones y sugerencias a través de un buzón habilitado al
efecto. Se confeccionarán hojas tipo, además de las ya normalizadas por
la Consejería.
Artículo 67º.- Estas quejas, reclamaciones y sugerencias, serán
estudiadas y estimadas por el Consejo de Residentes y el/la Gerente del
Centro, para tomar las resoluciones que procedan.
TÍTULO VI
Ayuntamiento de Casillas de Coria
Plaza Mayor, 1, Casillas de Coria. 10818 (Cáceres). Tfno. 927146001. Fax: 927146107
Cód.
Validación:
7G4QWWYT59M6YMJM6CR3MRTTD
|
Verificación:
https://casillasdecoria.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
13
de
19
CVE:
BOP-2021-4537
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de octubre de 2021
N.º 0192
Pág. 19925
Artículo 58º.- El órgano de representación y participación será el
órgano directivo, y recibirá el nombre de Consejo de Residentes.
Artículo 59º.- El Consejo de Residentes, se integrará por los
representantes de los usuarios/as, que serán elegidos de forma libre,
directa y secreta, al igual que los representantes de la Administración
Local y de los trabajadores. Todos tendrán voz y voto.
Artículo 60º.- El cargo de Presidente/a, será ocupado por el Alcalde/sa
o Concejal/la en quien delegue. Los vocales, serán los representantes de
las fuerzas políticas presentes en el Ayuntamiento. Secretario/a, el del
Ayuntamiento, o persona en quien delegue. Representantes de los
trabajadores y de los usuarios/as y el o la Trabajadora Social del
Ayuntamiento y el/la Gerente del Centro.
Artículo 61º.- El número de representantes será siempre impar.
Artículo 62º.- El Consejo de Residentes, se entenderá válidamente
constituido cuando se encuentren presentes la mitad más uno de los
miembros.
Artículo 63º.- La convocatoria la realizará siempre el/la Presidente/a,
con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, a petición del
cualquiera de las partes, señalando el orden del día, lugar y hora de la
reunión.
Artículo 64º.- Los acuerdos, se podrán tomar por mayoría simple,
decidiendo en caso de empate el voto del Presidente/a.
Artículo 65º.- Se levantará Acta de las sesiones, en las que figurará la
constitución de la mesa, los asistentes a la reunión, el desarrollo del
orden del día y los acuerdos tomados.
Artículo 66º.- Los usuarios/as también podrán participar mediante
quejas, reclamaciones y sugerencias a través de un buzón habilitado al
efecto. Se confeccionarán hojas tipo, además de las ya normalizadas por
la Consejería.
Artículo 67º.- Estas quejas, reclamaciones y sugerencias, serán
estudiadas y estimadas por el Consejo de Residentes y el/la Gerente del
Centro, para tomar las resoluciones que procedan.
TÍTULO VI
Ayuntamiento de Casillas de Coria
Plaza Mayor, 1, Casillas de Coria. 10818 (Cáceres). Tfno. 927146001. Fax: 927146107
Cód.
Validación:
7G4QWWYT59M6YMJM6CR3MRTTD
|
Verificación:
https://casillasdecoria.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
13
de
19
CVE:
BOP-2021-4537
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de octubre de 2021
N.º 0192
Pág. 19925