Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-4534)
BOP-2021-4534 Bases reguladoras de la Convocatoria de Pruebas Selectivas para la cobertura con carácter interino de Ocho Plazas de Trabajador/a Social.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha
de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. La no
presentación de las instancias en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante.
En la solicitud deberá consignarse la relación de méritos a valorar conforme a lo dispuesto en
la base sexta y acompañarse con la documentación acreditativa de los mismos, en original o
fotocopia compulsada y resguardo del pago de los derechos de examen.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente en el plazo de presentación de instancias.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán indicar
expresamente en la solicitud de participación, en su caso, las adaptaciones en tiempo y medios
necesarios para la realización de las pruebas selectivas, debiendo reflejar las necesidades
específicas que tiene para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.
A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se
recabará del/a candidato/a el correspondiente certificado o información adicional. La
adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la
discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar.
A tal efecto, el Tribunal de Selección atendrá a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto
111/2017, de 18 de julio y en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
El Tribunal oirá al/a interesado/a, y pedirá asesoramiento y, en su caso, colaboración de los
órganos técnicos y asociaciones competentes.
Derechos de Examen:
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad prevista en la Ordenanza Fiscal y
ascienden a 29 euros, serán satisfechos por los/las aspirantes con motivo de la presentación
de su instancia, a través de la siguiente cuenta bancaria de la cual es titular el Ayuntamiento de
Cáceres: Entidad: ABANCA Cuenta nº: ES39 2080 3580 9030 4002 0126, especificándose
Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria y/o plaza por la que se opta.
CVE:
BOP-2021-4534
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de octubre de 2021
N.º 0192
Pág. 19892