Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-4534)
BOP-2021-4534 Bases reguladoras de la Convocatoria de Pruebas Selectivas para la cobertura con carácter interino de Ocho Plazas de Trabajador/a Social.
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En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres en caso de que persistiese el empate entre candidatos/as se resolverá a
favor de aquél/aquella cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la
presente convocatoria.
De persistir el empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalafonamiento por el
orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base quinta de
esta convocatoria.
El/la aspirante propuesto/a para nombramiento presentará ante el Servicio de Recursos
Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, dentro del plazo de veinte días hábiles
contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del concurso oposición,
los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos que para tomar
parte en la misma se exigen en la base segunda de la convocatoria.
Si el/la aspirante propuesto/a tuviera la condición de empleado/a público/a estará exento/a de
justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento,
debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de
quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su
expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor algún/a de los/las propuestos/as
no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de los
requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará
nombramiento a favor de quien habiendo alcanzado la puntuación mínima exigida en los
ejercicios de la oposición, siga en el orden de clasificación definitiva.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, el/la aspirante
propuesto/a, será nombrado/a funcionario/a interino/a.
Finalizadas las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria, se constituirá lista de espera,
en los términos previstos en el artículo 29 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, con los/as
aspirantes que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado al menos el primer
ejercicio de la fase de oposición.
OCTAVA. NORMATIVA DE APLICACIÓN.
Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación: el Real Decreto Legislativo
CVE:
BOP-2021-4534
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 7 de octubre de 2021
N.º 0192
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