Sección III - Administración del Estado. Confederaciónes Hidrográficas. Confederación Hidrográfica del Tajo. (BOP-2021-4489)
BOP-2021-4489 Extinción de un aprovechamiento de referencia E-0221/2019.
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Sección III - Administración del Estado
Confederaciónes Hidrográficas
Confederación Hidrográfica del Tajo
ANUNCIO. Extinción de un aprovechamiento de referencia E-0221/2019.
Resolución de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico de fecha 1 de julio de 2021, de extinción del derecho a un aprovechamiento
de 9 l/s de aguas a derivar del RÍO ALAGÓN, con destino a ABASTECIMIENTO DE
POBLACIÓN, en el término municipal de CORIA (CÁCERES). Expdte E-0221/2019.
Se hace público que la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico con fecha 1 de julio de 2021, ha resuelto lo siguiente:
A) EXTINGUIR, por caducidad, el derecho al aprovechamiento de 9 l/s de aguas públicas
derivadas del río Alagón, con destino a abastecimiento de la población, en el término municipal
de Coria (Cáceres), otorgado por Orden Ministerial el 1 de diciembre de 1953 y cuya titularidad
la ostenta el Ayuntamiento de Coria.
B) CANCELAR la correspondiente inscripción en el Registro de Aprovechamientos, mediante la
anotación en el asiento correspondiente del término “extinguido”, indicando la fecha en que se
dicta la presente resolución.
C) OTORGAR al Ayuntamiento de Coria, titular del aprovechamiento, un plazo de seis meses
para presentar un proyecto para restituir el cauce al estado anterior a la inscripción del
aprovechamiento, eliminando las instalaciones que se sitúan en dominio público hidráulico (en
concreto, la antigua caseta de toma). Una vez otorgada la autorización al proyecto presentado
y realizada la ejecución de las obras por el Ayuntamiento titular del aprovechamiento, el mismo
deberá comunicar al Organismo de cuenca su finalización, con el fin de que la Confederación
compruebe que el desmantelamiento de las instalaciones no ha afectado al dominio público
hidráulico, significando que en caso de incumplimiento, podría incoarse expediente
sancionador.
D) COMUNICAR el contenido de la presente resolución al titular registral, el Ayuntamiento de
Coria.
E) COMUNICAR el contenido de la resolución a la Comisaría de Aguas de la Confederación
CVE:
BOP-2021-4489
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de octubre de 2021
N.º 0190
Pág. 19792
Confederaciónes Hidrográficas
Confederación Hidrográfica del Tajo
ANUNCIO. Extinción de un aprovechamiento de referencia E-0221/2019.
Resolución de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico de fecha 1 de julio de 2021, de extinción del derecho a un aprovechamiento
de 9 l/s de aguas a derivar del RÍO ALAGÓN, con destino a ABASTECIMIENTO DE
POBLACIÓN, en el término municipal de CORIA (CÁCERES). Expdte E-0221/2019.
Se hace público que la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico con fecha 1 de julio de 2021, ha resuelto lo siguiente:
A) EXTINGUIR, por caducidad, el derecho al aprovechamiento de 9 l/s de aguas públicas
derivadas del río Alagón, con destino a abastecimiento de la población, en el término municipal
de Coria (Cáceres), otorgado por Orden Ministerial el 1 de diciembre de 1953 y cuya titularidad
la ostenta el Ayuntamiento de Coria.
B) CANCELAR la correspondiente inscripción en el Registro de Aprovechamientos, mediante la
anotación en el asiento correspondiente del término “extinguido”, indicando la fecha en que se
dicta la presente resolución.
C) OTORGAR al Ayuntamiento de Coria, titular del aprovechamiento, un plazo de seis meses
para presentar un proyecto para restituir el cauce al estado anterior a la inscripción del
aprovechamiento, eliminando las instalaciones que se sitúan en dominio público hidráulico (en
concreto, la antigua caseta de toma). Una vez otorgada la autorización al proyecto presentado
y realizada la ejecución de las obras por el Ayuntamiento titular del aprovechamiento, el mismo
deberá comunicar al Organismo de cuenca su finalización, con el fin de que la Confederación
compruebe que el desmantelamiento de las instalaciones no ha afectado al dominio público
hidráulico, significando que en caso de incumplimiento, podría incoarse expediente
sancionador.
D) COMUNICAR el contenido de la presente resolución al titular registral, el Ayuntamiento de
Coria.
E) COMUNICAR el contenido de la resolución a la Comisaría de Aguas de la Confederación
CVE:
BOP-2021-4489
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de octubre de 2021
N.º 0190
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