Sección VI - Anuncios particulares. Comunidades de Regantes. Comunidad de Regantes Margen Derecha Río Alagón. (BOP-2021-4335)
BOP-2021-4335 Notificación por Comparecencia.
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Sección VI - Anuncios particulares
Comunidades de Regantes
Comunidad de Regantes Margen Derecha Río Alagón
ANUNCIO. Notificación por Comparecencia.
Citación a los/as interesados/as para ser notificados/as por comparecencia.
No habiendo sido posible realizar la notificación a los/as interesados/as o su representante por
causas no imputables a esta COMUNIDAD DE REGANTES, y ya intentado por dos veces, en
cumplimiento de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de
02/10/2015), se cita a los/as interesados/as más abajo relacionados para que comparezcan al
objeto de ser notificados/as de las actuaciones que les afectan en relación a los procedimientos
que se indican:
Acto que se notifica: Resolución de la Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes de la
Margen Derecha del Río Alagón de la sesión celebrada el 4de agosto de 2021.
El órgano responsable de la tramitación del expediente es la COMUNIDAD DE REGANTES DE
LA MARGEN DERECHA DEL RIO ALAGÓN, debiendo los/as interesados/as o sus
representantes comparecer para ser notificados/as en esta Comunidad de Regantes, sita en la
Avenida Alfonso VII, 44 de Coria (Cáceres), en el plazo de quince días naturales y en horario
de 9 a 13 horas y de Lunes a Viernes contados desde el siguiente al de la publicación de este
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Se advierte a los/as interesados/as que si no hubiere comparecido en el plazo indicado, la
notificación se tendrá por producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de
vencimiento del plazo indicado.
Contra el acto que motiva el procedimiento referenciado, podrá interponerse Recurso de
Alzada en el plazo de quince días siguientes desde su notificación ante el Organismo de
Cuenca (Confederación Hidrográfica del Tajo) , según lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley
de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio axial como 227.2 del
Reglamento de Dominio Público Hidráulico (R.D.849/1986, de 11 de abril). No obstante podrá
interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
CVE:
BOP-2021-4335
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de septiembre de 2021
N.º 0183
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