Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2021-4329)
BOP-2021-4329 Aprobación definitiva modificación de Ordenanza reguladora del precio público por la utilización del Complejo Deportivo Provincial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Debe decir: Artículo 4.º CUANTÍA.
La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas
en el apartado siguiente, para cada una de las instalaciones.
TARIFAS
1) Pista de atletismo: Gratuita.
2) Campo de rugby: Gratuita.
3) Pista polideportiva: 3,75 euros/hora.
4) Pistas de tenis: 1,50 euros/hora/ por persona.
5) Pistas de pádel: 1,50 euros/hora y media/por persona.
6) Campo de fútbol: 7,45 euros/partido.
7) Campo de tiro con arco: Gratuita.
8) Gimnasio: 1,50 euros/hora/por persona.
9) Vestuarios: Gratuita.
Artículo 5.º OBLIGACIÓN DE PAGO.
D) Donde dice: Artículo 5.º OBLIGACIÓN DE PAGO.
1. La obligación de pago del Precio Público regulado en esta Ordenanza nace desde que se
preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el artículo 21.
2. El pago del Precio Público se efectuará en el momento de entrar al recinto de que se trate o
al solicitar los servicios correspondientes.
Debe decir: Artícu.lo 5.º OBLIGACIÓN DE PAGO Y GESTIÓN DE LA RESERVA.
1. La obligación de pago del precio público regulado en esta ordenanza nace desde que se
preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el artículo 2 anterior.
2. El pago del Precio Público se efectuará:
- En el momento en el que se realice la reserva telemática de la instalación deportiva, y
CVE:
BOP-2021-4329
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de septiembre de 2021
N.º 0183
Pág. 19199
La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas
en el apartado siguiente, para cada una de las instalaciones.
TARIFAS
1) Pista de atletismo: Gratuita.
2) Campo de rugby: Gratuita.
3) Pista polideportiva: 3,75 euros/hora.
4) Pistas de tenis: 1,50 euros/hora/ por persona.
5) Pistas de pádel: 1,50 euros/hora y media/por persona.
6) Campo de fútbol: 7,45 euros/partido.
7) Campo de tiro con arco: Gratuita.
8) Gimnasio: 1,50 euros/hora/por persona.
9) Vestuarios: Gratuita.
Artículo 5.º OBLIGACIÓN DE PAGO.
D) Donde dice: Artículo 5.º OBLIGACIÓN DE PAGO.
1. La obligación de pago del Precio Público regulado en esta Ordenanza nace desde que se
preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el artículo 21.
2. El pago del Precio Público se efectuará en el momento de entrar al recinto de que se trate o
al solicitar los servicios correspondientes.
Debe decir: Artícu.lo 5.º OBLIGACIÓN DE PAGO Y GESTIÓN DE LA RESERVA.
1. La obligación de pago del precio público regulado en esta ordenanza nace desde que se
preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el artículo 2 anterior.
2. El pago del Precio Público se efectuará:
- En el momento en el que se realice la reserva telemática de la instalación deportiva, y
CVE:
BOP-2021-4329
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 24 de septiembre de 2021
N.º 0183
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