Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. (BOP-2021-4326)
BOP-2021-4326 Resolución cita a los/as interesados/as para el levantamiento de actas previas a la ocupación.
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Sección II - Administración Autonómica
Junta de Extremadura
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
EDICTO. Resolución cita a los/as interesados/as para el levantamiento de actas
previas a la ocupación.
Resolución de 20 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Industria, Energía y
Minas, por la que se cita a los/las interesados/as para el levantamiento de actas previas a la
ocupación en el proyecto de infraestructura de evacuación de la energía generada por
instalación fotovoltaica “Baldio 2”, en el término municipal de Casatejada (Cáceres),
expediente: GE-M/55/20 (expediente expropiatorio EXP-AT/09/21).
Con fecha 16 de junio de 2021 se dictaron Resoluciones de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por las que se otorgaron autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública, a la sociedad Planta FV 137, S.L., para la
instalación fotovoltaica “Baldio 2”, e infraestructura de evacuación de energía eléctrica
asociada, ubicada en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres), expediente GE-
M/55/20, una vez cumplidos los trámites reglamentarios. Dicha declaración, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva
implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1.954.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, se convoca a los/las titulares de los bienes y derechos afectados a que
después se hace mención, al día y hora que se indica en el ANEXO de este documento para,
de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el
levantamiento de actas previas a la ocupación.
Todos los/las interesados/as, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de
derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o
representados/as por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles,
pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un notario, si lo estima oportuno.
CVE:
BOP-2021-4326
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 23 de septiembre de 2021
N.º 0182
Pág. 19149
Junta de Extremadura
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
EDICTO. Resolución cita a los/as interesados/as para el levantamiento de actas
previas a la ocupación.
Resolución de 20 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Industria, Energía y
Minas, por la que se cita a los/las interesados/as para el levantamiento de actas previas a la
ocupación en el proyecto de infraestructura de evacuación de la energía generada por
instalación fotovoltaica “Baldio 2”, en el término municipal de Casatejada (Cáceres),
expediente: GE-M/55/20 (expediente expropiatorio EXP-AT/09/21).
Con fecha 16 de junio de 2021 se dictaron Resoluciones de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, por las que se otorgaron autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública, a la sociedad Planta FV 137, S.L., para la
instalación fotovoltaica “Baldio 2”, e infraestructura de evacuación de energía eléctrica
asociada, ubicada en el término municipal de Majadas de Tiétar (Cáceres), expediente GE-
M/55/20, una vez cumplidos los trámites reglamentarios. Dicha declaración, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva
implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1.954.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, se convoca a los/las titulares de los bienes y derechos afectados a que
después se hace mención, al día y hora que se indica en el ANEXO de este documento para,
de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el
levantamiento de actas previas a la ocupación.
Todos los/las interesados/as, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de
derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o
representados/as por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles,
pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un notario, si lo estima oportuno.
CVE:
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