Sección III - Administración del Estado. Confederaciónes Hidrográficas. Confederación Hidrográfica del Tajo. (BOP-2021-4163)
BOP-2021-4163 Tarifa de Utilización del Agua de la Zona Regable del Tietar. Año 2022.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
●
●
Sección III - Administración del Estado
Confederaciónes Hidrográficas
Confederación Hidrográfica del Tajo
ANUNCIO. Tarifa de Utilización del Agua de la Zona Regable del Tietar. Año 2022.
En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de las Tarifas de Utilización del
Agua y de los Cánones de Regulación correspondientes al ejercicio 2022 y cumplido el trámite
previsto en el art. 309 del Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, por el que se aprueba el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril (B.O.E. 30-4-86), se
formulan las presentes Tarifas de Utilización del Agua, de aplicación a los aprovechamientos
de aguas que utilicen las obras hidráulicas de la Zona Regable del Tiétar durante el año 2022.
Tarifa de Utilización del Agua para riego........................................................... 29,60 €/ha
Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego.............. 0,003386 €/m3
Estarán obligados/as al pago de estas tarifas todos/as los/as titulares de derechos al uso del
agua que utilicen las obras hidráulicas de la Zona Regable del Tiétar, cualquiera que sea el tipo
de aprovechamiento.
Independientemente de esta Tarifa, los/as usuarios/as del Sistema estarán obligados/as al
pago de los Cánones de Regulación del Tiétar y Navalcán, en las condiciones que en su
cálculo se fijan.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos
de que los/as interesados/as puedan presentar durante el plazo de quince (15) días, contados
a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Ávila, Cáceres y Toledo, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la
Confederación Hidrográfica del Tajo, Avda. de Portugal, 81 - 28071 Madrid, en las que estará
de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo se podrá consultar el
indicado Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de Regulación de la cuenca del
Tajo para 2022, en el siguiente enlace:
http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx.
CVE:
BOP-2021-4163
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de septiembre de 2021
N.º 0171
Pág. 18509
●
Sección III - Administración del Estado
Confederaciónes Hidrográficas
Confederación Hidrográfica del Tajo
ANUNCIO. Tarifa de Utilización del Agua de la Zona Regable del Tietar. Año 2022.
En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de las Tarifas de Utilización del
Agua y de los Cánones de Regulación correspondientes al ejercicio 2022 y cumplido el trámite
previsto en el art. 309 del Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, por el que se aprueba el
Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril (B.O.E. 30-4-86), se
formulan las presentes Tarifas de Utilización del Agua, de aplicación a los aprovechamientos
de aguas que utilicen las obras hidráulicas de la Zona Regable del Tiétar durante el año 2022.
Tarifa de Utilización del Agua para riego........................................................... 29,60 €/ha
Tarifa de Utilización del Agua para usos varios distintos de riego.............. 0,003386 €/m3
Estarán obligados/as al pago de estas tarifas todos/as los/as titulares de derechos al uso del
agua que utilicen las obras hidráulicas de la Zona Regable del Tiétar, cualquiera que sea el tipo
de aprovechamiento.
Independientemente de esta Tarifa, los/as usuarios/as del Sistema estarán obligados/as al
pago de los Cánones de Regulación del Tiétar y Navalcán, en las condiciones que en su
cálculo se fijan.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, a efectos
de que los/as interesados/as puedan presentar durante el plazo de quince (15) días, contados
a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de
Ávila, Cáceres y Toledo, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas de la
Confederación Hidrográfica del Tajo, Avda. de Portugal, 81 - 28071 Madrid, en las que estará
de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo se podrá consultar el
indicado Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de Regulación de la cuenca del
Tajo para 2022, en el siguiente enlace:
http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx.
CVE:
BOP-2021-4163
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de septiembre de 2021
N.º 0171
Pág. 18509