Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Rey. (BOP-2021-4136)
BOP-2021-4136 Convenio de Adhesión al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres-MÁSMEDIO" de la Entidad Local de Villa del Rey.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Artículo 27. Actas de la sesión.
1. De cada sesión se levantará un acta, que se llevará al libro de actas del consorcio, firmada
por los/as asistentes.
2. En cada acta constarán los siguientes extremos:
a) Lugar, hora, día, mes y año en que comienza la sesión.
b) Nombre y apellidos del Presidente y de todos/as los/as miembros asistentes, con
indicación de su representación, así como de los/as no asistentes que hubiesen
excusado su presencia.
c) Carácter ordinario o extraordinario de la sesión, así como si se celebra en primera o
segunda convocatoria.
d) Asistencia del/a Secretario/a que da fe del acto, así como del/a responsable del
control interno o los/as técnicos/as que hayan asistido, en su caso.
e) Relación de asuntos tratados, con la parte dispositiva de los acuerdos que recaigan.
f) Votaciones que se hayan producido, especificándose la forma y su resultado.
g) Intervenciones sintetizadas que se hayan producido y cuantos incidentes deban
constar a juicio del/a Secretario/a o su Delegado/a o a petición de la parte interesada,
debidamente extractadas.
h) Hora en que el Presidente levante la sesión.
Anualmente, el Sr/a. Secretario/a o su Delegado/a se encargará de foliar, sellar y encuadernar
las actas, que quedarán bajo su custodia, sin que puedan salir del domicilio del consorcio,
salvo a requerimiento judicial.
Artículo 28. Acta de la sesión anterior.
1. Al inicio de cada sesión el/la Secretario/a o su Delegado/a dará lectura del borrador del acta
de la sesión anterior a fin de proceder a su aprobación, debiendo adjuntar a la convocatoria la
oportuna copia del borrador.
2. En ningún caso podrá modificarse el fondo de los asuntos tratados y solo cabrá subsanar los
meros errores materiales o de hecho.
CVE:
BOP-2021-4136
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 7 de septiembre de 2021
N.º 0171
Pág. 18450