Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2021-3673)
BOP-2021-3673 Bases convocatoria destinadas a Asociaciones que desarrollen actividades a favor de las Mujeres y la Igualdad de Género.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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A.
B.
C.
D.
E.
●
El importe máximo de la subvención que podrá percibir cada asociación beneficiaria no
excederá en ningún caso de 3.000,00 euros; igualmente el porcentaje máximo de financiación
por parte del Ayuntamiento de Plasencia, de los proyectos subvencionados no excederán del
50 % del presupuesto total de los mismos.
Existe crédito suficiente en la partida 0107-23115-48930 del presupuesto del ejercicio 2021
para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
TERCERA: ASOCIACIONES BENEFICIARIAS.
Podrán concurrir a la siguiente convocatoria las Asociaciones que lleven a cabo actividades a
favor de las mujeres y de la efectiva implantación de la igualdad de género y que reúnan las
siguientes condiciones:
Que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de
Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento en el momento de la aprobación de la
presente Convocatoria.
Que formen parte del Consejo Municipal de la Mujer, en el momento de la aprobación
de la presente Convocatoria.
Que su ámbito de actuación sea el del término municipal de Plasencia.
Que hayan presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las
subvenciones recibida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Que no estén incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las asociaciones o entidades solicitantes deberán ejecutar de forma directa y por sí mismas los
proyectos subvencionados.
CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a continuación se
relaciona:
Deberá presentarse solicitud firmada por la persona que ostente la presidencia de la
Asociación, a la que habrá de acompañarse:
Fotocopia compulsada del N.I.F. de la Asociación (nº de identificación fiscal), y del D.N.I
de su representante.
CVE:
BOP-2021-3673
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de julio de 2021
N.º 0143
Pág. 16208
B.
C.
D.
E.
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El importe máximo de la subvención que podrá percibir cada asociación beneficiaria no
excederá en ningún caso de 3.000,00 euros; igualmente el porcentaje máximo de financiación
por parte del Ayuntamiento de Plasencia, de los proyectos subvencionados no excederán del
50 % del presupuesto total de los mismos.
Existe crédito suficiente en la partida 0107-23115-48930 del presupuesto del ejercicio 2021
para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria.
TERCERA: ASOCIACIONES BENEFICIARIAS.
Podrán concurrir a la siguiente convocatoria las Asociaciones que lleven a cabo actividades a
favor de las mujeres y de la efectiva implantación de la igualdad de género y que reúnan las
siguientes condiciones:
Que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de
Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento en el momento de la aprobación de la
presente Convocatoria.
Que formen parte del Consejo Municipal de la Mujer, en el momento de la aprobación
de la presente Convocatoria.
Que su ámbito de actuación sea el del término municipal de Plasencia.
Que hayan presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las
subvenciones recibida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
Que no estén incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las asociaciones o entidades solicitantes deberán ejecutar de forma directa y por sí mismas los
proyectos subvencionados.
CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a continuación se
relaciona:
Deberá presentarse solicitud firmada por la persona que ostente la presidencia de la
Asociación, a la que habrá de acompañarse:
Fotocopia compulsada del N.I.F. de la Asociación (nº de identificación fiscal), y del D.N.I
de su representante.
CVE:
BOP-2021-3673
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de julio de 2021
N.º 0143
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