Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cadalso. (BOP-2021-3667)
BOP-2021-3667 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cadalso
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta
Ambulante.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de la venta ambulante, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TEXTO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE
PREÁMBULO
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Objeto.
1. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de la venta ambulante o no sedentaria
en el término municipal de CADALSO (CÁCERES), en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
siéndole aplicable la siguiente normativa: la Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio
ambulante de Extremadura y el resto de normativa de aplicación.
2. A los efectos de esta Ordenanza, se considera venta ambulante o no sedentaria la actividad
comercial de venta al por menor realizada por comerciantes, sean personas físicas o jurídicas,
previa autorización administrativa, fuera de un establecimiento comercial permanente, y
ejercida de forma habitual u ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares de
titularidad pública, debidamente autorizados/as por el órgano municipal competente, y
mediante la utilización de instalaciones desmontables, transportables o móviles, incluyendo la
venta en vehículos-tienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 de la Ley
8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.
CVE:
BOP-2021-3667
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de julio de 2021
N.º 0143
Pág. 16162
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cadalso
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta
Ambulante.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza
municipal reguladora de la venta ambulante, cuyo texto íntegro se hace público, para su
general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
TEXTO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE
PREÁMBULO
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Objeto.
1. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de la venta ambulante o no sedentaria
en el término municipal de CADALSO (CÁCERES), en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
siéndole aplicable la siguiente normativa: la Ley 8/2018, de 23 de octubre, del comercio
ambulante de Extremadura y el resto de normativa de aplicación.
2. A los efectos de esta Ordenanza, se considera venta ambulante o no sedentaria la actividad
comercial de venta al por menor realizada por comerciantes, sean personas físicas o jurídicas,
previa autorización administrativa, fuera de un establecimiento comercial permanente, y
ejercida de forma habitual u ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares de
titularidad pública, debidamente autorizados/as por el órgano municipal competente, y
mediante la utilización de instalaciones desmontables, transportables o móviles, incluyendo la
venta en vehículos-tienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 de la Ley
8/2018, de 23 de octubre, del comercio ambulante de Extremadura.
CVE:
BOP-2021-3667
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de julio de 2021
N.º 0143
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