Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2021-3666)
BOP-2021-3666 Aprobación Padrón de Agua ejercicio 2021.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Acebo
EDICTO. Aprobación Padrón de Agua ejercicio 2021.
NOTIFICACION COLECTIVA.
Por Resolución del Sr. Alcalde de este Ayuntamiento, de fecha 26 de julio de 2021, han sido
aprobados los padrones cobratorios de las liquidaciones periódicas del Padrón Fiscal de la
Tasa de Agua de Acebo correspondientes al año de 2021.
Las personas interesadas podrán examinar la lista cobratoria en la Oficina de Recaudación de
este Ayuntamiento, sita en la Plaza Mayor Nº 1.
Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, el recurso
de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, a que se refiere el artículo 108 de la Ley
7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con relación al artículo 14.2
del Real Decreto Legislativo 2/2204, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
ANUNCIO DE COBRANZA.
Se efectuará la cobranza en periodo voluntario, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación de este Edicto en el B.O.P. de las liquidaciones del
AÑO 2021 de la Tasa de Agua de Acebo, comprendidas en las listas cobratorias a que se ha
hecho referencia.
Los pagos de la Tasa de Agua, si no se encuentran domiciliados, deberán efectuarse en las
Oficinas Municipales sitas en la Plaza Mayor Nº 1.
Transcurrido en plazo de ingreso voluntario, los débitos impagados serán exigidos por el
procedimiento de apremio y devengarán los recargos del periodo ejecutivo y, en su caso, las
costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 28 y 161 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
CVE:
BOP-2021-3666
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 29 de julio de 2021
N.º 0143
Pág. 16160