Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de San Gil (E.L.M.). (BOP-2021-3548)
BOP-2021-3548 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica.
17 páginas totales
Página
Ayuntamiento de San Gil
hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la
notificación sin que se acceda a su contenido.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Entrada en funcionamiento de la sede
electrónica
La sede electrónica entrará en funcionamiento a las cero horas y un
segundo del día 21-07-2021
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Entrada en funcionamiento del
registro electrónico
El Registro electrónico entrará en funcionamiento a las cero horas y un
segundo del día 21-07-2021
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Seguridad
La seguridad de las sedes y registros electrónicos, así como la del acceso
electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se regirán por lo establecido
en el Esquema Nacional de Seguridad.
El Pleno del Ayuntamiento aprobará su política de seguridad con el contenido
mínimo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el
que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración
Electrónica.
Se deberá dar publicidad en las correspondientes sedes electrónicas a las
declaraciones de conformidad y a los distintivos de seguridad de los que se
disponga.
Se deberá realizar una auditoría regular ordinaria al menos cada dos años.
Cada vez que se produzcan modificaciones sustanciales en el sistema de
información que puedan repercutir en las medidas de seguridad requeridas, se
deberá realizar una auditoría con carácter extraordinario, que determinará la fecha
de cómputo para el cálculo de los dos años. El informe de auditoría tendrá el
contenido establecido en el artículo 34.5 del Esquema Nacional de Seguridad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Protección de datos
CVE:
BOP-2021-3548
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
Pág. 15569