Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de San Gil (E.L.M.). (BOP-2021-3548)
BOP-2021-3548 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la Administración Electrónica.
17 páginas totales
Página
Ayuntamiento de San Gil
CAPÍTULO 5. Notificaciones electrónicas
ARTÍCULO 18. Condiciones generales de las notificaciones
Las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos
y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.
No obstante lo anterior, las Administraciones podrán practicar las
notificaciones por medios no electrónicos en los siguientes supuestos.
a) Cuando la notificación se realice con ocasión de la comparecencia
espontánea del interesado o su representante en las oficinas de asistencia en
materia de registro y solicite la comunicación o notificación personal en ese
momento.
b) Cuando para asegurar la eficacia de la actuación administrativa resulte
necesario practicar la notificación por entrega directa de un empleado público de
la Administración notificante.
Con independencia del medio utilizado, las notificaciones serán válidas
siempre que permitan tener constancia de su envío o puesta a disposición, de la
recepción o acceso por el interesado o su representante, de sus fechas y horas,
del contenido íntegro, y de la identidad fidedigna del remitente y destinatario de
la misma. La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al
expediente.
Los interesados que no estén obligados a recibir notificaciones electrónicas,
podrán decidir y comunicar en cualquier momento a la Administración Pública,
mediante los modelos normalizados que se establezcan al efecto, que las
notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios
electrónicos.
El consentimiento de los interesados podrá tener carácter general para
todos los trámites que los relacionen con la Administración Municipal o para uno o
varios trámites según se haya manifestado.
El interesado podrá asimismo, durante la tramitación del procedimiento,
modificar la manera de comunicarse con la Administración Municipal, optando por
CVE:
BOP-2021-3548
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
Pág. 15567