Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2021-3531)
BOP-2021-3531 Licitación Hostal Rural "La Venta el Membrillo".
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primera con una superficie de 40 m2, se encuentra construida un apartamento.
3º. Existe, además, una edificación destinada a albergar los termos eléctricos para el agua
caliente y contigua al mismo una barbacoa realizada con material.
4º. El resto de la superficie esta destinado a patio.
El arrendamiento ampara los bienes inmuebles descritos, con el destino que se especifica a
continuación, para cada uno de ellos, perfectamente acotados e identificados en el Informe
Técnico de Valoración, Memoria Técnica Valorada y en el Anexo I que se incorporan al
presente Pliego de Condiciones y que formaran parte inseparable del contrato.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Las actividades que el Arrendamiento se compromete a desarrollar en el Establecimiento o
local de negocio son:
1. Actividad de Alojamiento Turístico Hotelero que comprenderá la gestión y explotación del
Hostal de dos Estrellas con la prestación al público de los servicios que se enumeran a
continuación, con la profesionalidad, continuidad y regularidad determinadas en el presente
pliego o la que resulte de la normativa vigente en cada momento aplicable, o en su caso, de la
que tenga establecido el uso para este tipo de actividad, respetando este orden secuencial
preferencial.
Los servicios a prestar en el establecimiento Turístico Hotelero, serán:
1) Los propios de su especifica condición de establecimiento Turístico Hotelero de
ofrecer con habitabilidad u mediante precio hospedaje y estancia en las condiciones
determinadas reglamentariamente.
2) Los servicios complementarios de Comedor, Café-Bar, lavandería y planchado de los
clientes del Hostal.
2. Actividad de restauración por la que el arrendatario se obliga a prestar a los clientes
servicios de restauración mediante oferta de carta de platos o menús y cartas de vino, para su
consumo en el comedor del local en las condiciones determinadas legalmente. Este servicio no
se impone su desarrollo, podrá prestarlo el/la adjudicatario/a para el público en general en las
CVE:
BOP-2021-3531
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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