Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campillo de Deleitosa. (BOP-2021-3528)
BOP-2021-3528 Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del servicio municipal de Ayuda a Domicilio.
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necesidades sociales, en el marco de la justicia social y del bienestar de las personas.
ARTÍCULO 3. PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y GESTIÓN.
1. El Servicio de Ayuda a Domicilio será prestado y gestionado por el Ayuntamiento de
Campillo de Deleitosa (por sí mismo o a través de otras entidades públicas o privadas).
2. Las personas que se encargarán de realizar las prestaciones del Servicio de Ayuda a
Domicilio serán contratas por el Ayuntamiento y tendrán la denominación de Auxiliar de Ayuda
a Domicilio que deberán trabajar en coordinación con otros/as profesionales de los Servicios
Sociales Municipales.
3. Los servicios o tareas que darán lugar a la percepción de la tasa por el Ayuntamiento serán
los siguientes:
a) Tareas domésticas: podrán ser realizadas con ayuda de la persona, si pudiera
realizarlas y consistirán en:
- Realización de la compra diaria.
- Administración y limpieza del hogar: cocinar, poner la mesa, hacer las camas,
ordenar la vivienda, hacer la colada, tender, etc.
b) Tareas de cuidado personal: consistirán en ayudar a la persona a realizar las
siguientes actividades de la vida diaria:
- Levantarse, deambular por la casa, subir y bajar escaleras.
- Asearse, bañarse o ducharse, peinarse o afeitarse.
- Vestirse y calzarse.
- Comer.
- Controlar la medicación.
c) Tareas de ayuda en la vida social:
- Pasear.
- Leer periódicos, libros, revistas si la persona tuviera dificultad para hacerlo.
CVE:
BOP-2021-3528
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de julio de 2021
N.º 0137
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