Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barrado. (BOP-2021-3475)
BOP-2021-3475 Aprobación definitiva de la Ordenanza Reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten moviliadad reducida.
28 páginas totales
Página
año desde la implantación de este registro para que los Ayuntamientos implanten en sus
municipios el modelo de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, así como
para adaptar sus ordenanzas a lo dispuesto para dicha tarjeta.
Por su parte y en cumplimiento con la disposición adicional tercera del Decreto 135/2018, la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda a través de la Resolución de 5 de febrero de
2020, ha fijado la fecha del 9 de febrero de 2020 como la fecha de entrada en funcionamiento
del Registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad por
movilidad reducida. Así pues, ante la necesidad de adaptarse al Real Decreto 1056/2014, de
12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta
de estacionamiento para personas con discapacidad y al Decreto 135/2018, de 1 de agosto,
por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la
edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la
Comunidad Autónoma de Extremadura, para incluir las modificaciones normativas recogidas en
los mismas, el Ayuntamiento de Barrado considera conveniente la aprobación de la presente
ordenanza.
CAPÍTULO I. OBJETO, NATURALEZA Y ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La presente ordenanza tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a la tarjeta de
estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad que presenten movilidad
reducida. y regular la creación de plazas de aparcamiento reservadas para titulares de dicha
tarjeta en el municipio de Barrado
ARTÍCULO 2. NATURALEZA.
1. La tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad que
presentan movilidad reducida (en adelante, tarjeta de estacionamiento), expedida por el
Ayuntamiento de ___________, es un documento público que habilita a sus titulares para
ejercer los derechos y obligaciones previstos en la presente ordenanza, en el Decreto
135/2018, de 1 de agosto, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas de
accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos
naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Real Decreto
1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso
de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad o normas que los/as
sustituyan.
CVE:
BOP-2021-3475
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de julio de 2021
N.º 0135
Pág. 15249