Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3427)
BOP-2021-3427 Aprobación convocatoria de subvenciones para Autónomos/as y Empresas del término municipal de Cáceres de los sectores de comercio, hosteleria, turismo y otros afectados por la reducción de la actividad ocasionada por el Covid-19 durante 2021.
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Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento, que, en su artículo 18 establece que,
salvo en los supuestos de subvenciones nominativas, con carácter previo se aprobarán las
correspondientes Bases reguladoras de la convocatoria, determinando a continuación el
contenido mínimo de las mismas, en línea con lo dispuesto por el art. 23.2 de la Ley General de
Subvenciones.
Partiendo de estas determinaciones, se ha elaborado un borrador de Bases de la Convocatoria
de subvenciones del Programa de ayudas de emergencia a autónomos y empresas del término
municipal de Cáceres de los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo y otros afectados por
la reducción de la actividad ocasionada por el COVID-19 para el año 2021.
Vistos los informes favorables emitidos por la Secretaría e Intervención de este Ayuntamiento
cuyas consideraciones se han tenido en cuenta en la redacción definitiva de la Convocatoria.
ESTA ALCALDÍA-PRESIDENCIA, en uso de las atribuciones reconocidas por el art.21.1.f) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el
artículo 34.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, HA
RESUELTO:
PRIMERO: Aprobar el gasto a que se refiere este expediente y que asciende a la cantidad de
dos millones novecientos ochenta y cinco mil euros (2.985.000 €), con cargo a la aplicación
presupuestaria 10.433.479.
SEGUNDO: Aprobar las “Bases de la Convocatoria de subvenciones del Programa de ayudas
de emergencia a autónomos/as y empresas del término municipal de Cáceres de los sectores
de Comercio, Hostelería, Turismo y otros afectados por la reducción de la actividad ocasionada
por el COVID-19 para el año 2021, que acompañan a esta Resolución.
TERCERO: Ordenar la publicación de esta convocatoria a través de la Base de Datos Nacional
de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Tablón de Anuncios
electrónico, página web y Portal de Transparencia de este Ayuntamiento para general
conocimiento.
CUARTO: Esta convocatoria se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley General de Subvenciones y las Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza
General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, todo ello en los términos de
las Bases que a continuación se expresan.
CVE:
BOP-2021-3427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de julio de 2021
N.º 0132
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