Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3427)
BOP-2021-3427 Aprobación convocatoria de subvenciones para Autónomos/as y Empresas del término municipal de Cáceres de los sectores de comercio, hosteleria, turismo y otros afectados por la reducción de la actividad ocasionada por el Covid-19 durante 2021.
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respecto, como mínimo, los siguientes datos:
Número de expediente asignado a la solicitud.
Nombre y apellidos o razón social del solicitante.
Código de Identificación Fiscal.
Epígrafe principal de la actividad y grupo correspondiente del Anexo I de la
Convocatoria.
Importe de subvención propuesto.
2. Los solicitantes propuestos para denegación de su solicitud por no cumplir los
requisitos exigidos en la convocatoria, con expresión de los requisitos incumplidos y normas que
los exigen, en cada caso.
3. Los solicitantes a los que se tiene por desistidos de su solicitud y se propone para
el archivo de sus solicitudes, por no haber presentado en plazo, tras el oportuno requerimiento,
la totalidad de la documentación exigida, debiendo expresar la documentación no aportada y
normas de las bases que exigen su presentación.
4. Los solicitantes propuestos para inadmisión de sus solicitudes por haberse
presentado fuera de plazo o presentadas en otros registros o por otros medios diferentes de los
exigidos, con expresión del motivo concreto de inadmisión en cada caso.
Este informe colectivo preliminar de la entidad colaboradora se incorporará por el órgano
instructor al expediente de la Convocatoria.
A la vista dicho informe y de las actuaciones obrantes en los expedientes respectivos, el
órgano instructor podrá solicitar o recabar los trámites y documentos, que considere necesarios
para resolver, de la entidad colaboradora, de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local, otros
servicios del Ayuntamiento o de otras Administraciones Públicas.
Para la formulación de la propuesta de resolución, deberá constituirse un órgano
colegiado competente, con la composición mínima exigida por el artículo 21 de la Ordenanza
General de Subvenciones del Ayuntamiento.
El órgano instructor elevará para su evaluación a dicho órgano colegiado un informe-
propuesta de resolución, a la vista de los trámites realizados, en el que se proponga la
distribución del montante económico entre los posibles beneficiarios y se relacionen los
solicitantes propuestos para concesión, denegación, archivo e inadmisión.
Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado formulará la propuesta de
resolución provisional, debidamente motivada, que deberá contener la propuesta de distribución
CVE:
BOP-2021-3427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de julio de 2021
N.º 0132
Pág. 15039
Número de expediente asignado a la solicitud.
Nombre y apellidos o razón social del solicitante.
Código de Identificación Fiscal.
Epígrafe principal de la actividad y grupo correspondiente del Anexo I de la
Convocatoria.
Importe de subvención propuesto.
2. Los solicitantes propuestos para denegación de su solicitud por no cumplir los
requisitos exigidos en la convocatoria, con expresión de los requisitos incumplidos y normas que
los exigen, en cada caso.
3. Los solicitantes a los que se tiene por desistidos de su solicitud y se propone para
el archivo de sus solicitudes, por no haber presentado en plazo, tras el oportuno requerimiento,
la totalidad de la documentación exigida, debiendo expresar la documentación no aportada y
normas de las bases que exigen su presentación.
4. Los solicitantes propuestos para inadmisión de sus solicitudes por haberse
presentado fuera de plazo o presentadas en otros registros o por otros medios diferentes de los
exigidos, con expresión del motivo concreto de inadmisión en cada caso.
Este informe colectivo preliminar de la entidad colaboradora se incorporará por el órgano
instructor al expediente de la Convocatoria.
A la vista dicho informe y de las actuaciones obrantes en los expedientes respectivos, el
órgano instructor podrá solicitar o recabar los trámites y documentos, que considere necesarios
para resolver, de la entidad colaboradora, de los Agentes de Empleo y Desarrollo Local, otros
servicios del Ayuntamiento o de otras Administraciones Públicas.
Para la formulación de la propuesta de resolución, deberá constituirse un órgano
colegiado competente, con la composición mínima exigida por el artículo 21 de la Ordenanza
General de Subvenciones del Ayuntamiento.
El órgano instructor elevará para su evaluación a dicho órgano colegiado un informe-
propuesta de resolución, a la vista de los trámites realizados, en el que se proponga la
distribución del montante económico entre los posibles beneficiarios y se relacionen los
solicitantes propuestos para concesión, denegación, archivo e inadmisión.
Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado formulará la propuesta de
resolución provisional, debidamente motivada, que deberá contener la propuesta de distribución
CVE:
BOP-2021-3427
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de julio de 2021
N.º 0132
Pág. 15039