Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2021-3383)
BOP-2021-3383 Aprobación definitiva modificación del Anexo de la Ordenanza Reguladora nº 7.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Coria
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación del Anexo de la Ordenanza
Reguladora nº 7.
Por Resolución de la Alcaldía nº 616 de fecha 14 de mayo de 2021 se acordó la modificación
del Anexo de la Ordenanza reguladora nº 7. De las terrazas vinculadas a establecimientos de
hostelería y similares en el término municipal de Coria, en aplicación de la Disposición
Adicional de la misma que faculta a la Alcaldía para la modificación del citado Anexo, y en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, se sometió el expediente a información pública por el plazo de
treinta días, a través del correspondiente anuncio en el BOP nº 95, de fecha 21 de mayo de
2021, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Coria, no habiéndose presentado
alegaciones, por lo que el acuerdo se considera definitivo.
El texto modificado es el que se transcribe a continuación:
ANEXO
En el Capítulo I, artículo 2º, se modifica el punto 4º, con la siguiente redacción:
“4. No se podrán autorizar terrazas en espacios públicos con un aforo superior al doble del
aforo legal que se acredite para el establecimiento vinculado y para una ocupación máxima de
80 personas, excepto en las fiestas patronales u otros eventos, previa solicitud y autorización
expresa de ampliación.
En terrenos de uso privado se podrán autorizar terrazas con un aforo superior al doble del aforo
legal que se acredite para el establecimiento vinculado siempre y cuando las condiciones del
lugar de la instalación lo permitan y dicha instalación cumpla con el resto de prescripciones de
la presente ordenanza municipal, previa justificación técnica.
Salvo lo dispuesto en el número 3 de este artículo, las autorizaciones de ampliación de terraza
deberán solicitarse con al menos 15 días de antelación y se limitarán a un máximo de cuatro
ampliaciones anuales por establecimiento. La solicitud deberá adjuntar un croquis descriptivo
del lugar de la ampliación, metros a ocupar y elementos o mobiliario que se pretende utilizar.
CVE:
BOP-2021-3383
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de julio de 2021
N.º 0130
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