Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2021-3378)
BOP-2021-3378 Bases Oficial de la Policía Local por promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
d.
Estarán, además, sujetos/as a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Así mismo se pone de manifiesto el compromiso adoptado por el Ayuntamiento de Arroyo de la
Luz en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.
Por último y en relación a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura: “Los
poderes públicos de Extremadura incorporarán la evaluación del impacto de género en el
desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre
hombres y mujeres”.
Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto
en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz.
Además, a efectos informativos, se hará público en la misma dirección de Internet, la relación
de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, así como las
relaciones de aprobados/as de cada ejercicio y la puntuación de la fase de concurso.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario cumplir a fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso de promoción señalado
en la base tercera, los siguientes requisitos:
Tener la nacionalidad española.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
No estar incurso/a en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado/a del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, en virtud de expediente
CVE:
BOP-2021-3378
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de julio de 2021
N.º 0130
Pág. 14811
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c.
d.
Estarán, además, sujetos/as a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Así mismo se pone de manifiesto el compromiso adoptado por el Ayuntamiento de Arroyo de la
Luz en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.
Por último y en relación a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de
Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura: “Los
poderes públicos de Extremadura incorporarán la evaluación del impacto de género en el
desarrollo de sus competencias, para garantizar la integración del principio de igualdad entre
hombres y mujeres”.
Las Bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto
en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz.
Además, a efectos informativos, se hará público en la misma dirección de Internet, la relación
de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, así como las
relaciones de aprobados/as de cada ejercicio y la puntuación de la fase de concurso.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario cumplir a fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso de promoción señalado
en la base tercera, los siguientes requisitos:
Tener la nacionalidad española.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
No estar incurso/a en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado/a del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, en virtud de expediente
CVE:
BOP-2021-3378
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de julio de 2021
N.º 0130
Pág. 14811