Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3360)
BOP-2021-3360 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Turismo, innovación, Transparencia y Desarrollo Tecnológico del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres 2021.
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Imágenes, Templos, Casas y otros locales de las Cofradías
• Gastos de material de ferretería en general. (Tornillos, pilas, luces, cuerdas,
plásticos...)
• Gastos de orfebres, artistas, empresas de orfebrería y artículos religiosos.
• Gastos de velas, incienso, alcohol de quemar…
• Gastos de empresas de protección de datos, gestorías, páginas Web y Dominios.
• Gastos de suministros de Templos afectos a las Cofradías, Casas de
Hermandades y locales o naves (luz, agua, basura...)
• Gastos de confección de mantos, faldones, trajes, telas, cordones, puntillas...
• Gastos de Pirotecnia Zaragozana (Hachones del Cristo Negro)
• Gastos de compra de palmas adornadas
• Gastos de alquiler o compra de elementos relacionados con equipos de sonidos,
walkie talkie…
• Gastos de adquisición de marcos, diplomas, cuadros…
• Gastos de materiales y profesionales para el arreglo de pasos, andas, picas,
horquillas…
• Gastos de carpintería de madera, electricidad, carpintería metálica y herreros.
• Gastos de Restauraciones y mejoras de Imágenes, andas, incluidos transporte a
los talleres especializados, seguros, etc.
• Gastos de adquisición de imaginería y ornamentos con pasos, andas y tronos.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 6.- BENEFICIARIOS/AS
Tendrá la consideración de beneficiario/a de subvenciones la persona o asociación que
haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la
situación que legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la
normativa aplicable.
ARTÍCULO 7. - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
La Concejalía de Turismo concederá subvenciones en los términos y con el alcance
previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante concesión directa nominativa,
al estar previstas en el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2021.
En el presente procedimiento de concesión se deberán respetar los principios
establecidos en el artículo 2 de este plan.
ARTÍCULO 8. CONCESIÓN DIRECTA.
Los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de
concesión directa.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y el las Bases de Ejecución del
presupuesto.
CVE:
BOP-2021-3360
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de julio de 2021
N.º 0129
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