Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2021-3360)
BOP-2021-3360 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Turismo, innovación, Transparencia y Desarrollo Tecnológico del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres 2021.
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“PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES CONCEJALÍA DE TURISMO.-
ANUALIDAD 2021”
PREÁMBULO.
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo
financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o
privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de
gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria,
actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento
económico.
Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más en el
proceso de racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el conjunto
de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la
obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información
relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de
eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencionable.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como elemento de
gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada Administración
Pública un plan estratégico de subvenciones que permita relacionar los objetivos a
alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su
financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las
subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácter previo a la
concesión.
Además, la Ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de
objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el
nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos
invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o,
en su caso, eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de
determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un
procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares para la
gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden
mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento
y control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la
concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio
presupuestario.
CVE:
BOP-2021-3360
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de julio de 2021
N.º 0129
Pág. 14754
ANUALIDAD 2021”
PREÁMBULO.
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo
financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o
privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de
gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria,
actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento
económico.
Desde esta perspectiva la Ley General de Subvenciones supone un paso más en el
proceso de racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el conjunto
de medidas y reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la
obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información
relevante sobre todas las subvenciones concedidas.
Esta mayor transparencia redunda de forma directa en un incremento de los niveles de
eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público subvencionable.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como elemento de
gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada Administración
Pública un plan estratégico de subvenciones que permita relacionar los objetivos a
alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su
financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las
subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácter previo a la
concesión.
Además, la Ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de
objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el
nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos
invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o,
en su caso, eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de
determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un
procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares para la
gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden
mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento
y control eficaces.
Se configura así el plan estratégico como el complemento necesario para articular la
concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio
presupuestario.
CVE:
BOP-2021-3360
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de julio de 2021
N.º 0129
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