Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2021-3353)
BOP-2021-3353 Convenio de delegación de gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre el Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial con la Entidad Local Menor de Navatrasierra.
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SEGUNDA: CONTENIDO.
Además de las obligaciones establecidas en la legislación vigente para los órganos
recaudadores, el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria asume las
obligaciones derivadas del cumplimiento de este Convenio, y en particular las siguientes:
a) Nombrar un instructor dentro de la plantilla del OARGT para el control, seguimiento y
resolución de cuantas gestiones sean necesarias para la tramitación de los expedientes
sancionadores.
b) Se llevará a cabo por el OARGT la práctica de notificaciones de las denuncias que no hayan
podido notificarse en el acto por los agentes municipales, de la sanciones y de las diferentes
fases del procedimiento ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de
dichos procedimientos.
c) Recepción de las alegaciones y recursos que se presenten con ocasión del procedimiento
sancionador.
d) Elaboración de propuestas de resolución de las alegaciones o recursos presentados contra
el procedimiento sancionador.
e) La resolución y ejecución de los expedientes de suspensiones cautelares, bajas,
fraccionamientos, etc.
f) La anulación de oficio, previa resolución del órgano competente, de aquellos expedientes
sancionadores que incurran en prescripción o caducidad.
g) Control y seguimiento de los expedientes sancionadores en todas las fases de gestión del
procedimiento de recaudación, comprendiendo la expedición de documentos de cobro en
dichos periodos.
h) Recaudación tanto en periodo voluntario como ejecutivo de las sanciones que finalmente se
impongan por el Ayuntamiento en el proceso sancionador.
i) Recepción y resolución de los recursos que se presenten contra las providencias de apremio
y embargo dictados por los órganos competentes de la Diputación, y demás actuaciones dentro
del procedimiento ejecutivo de recaudación en la materia objeto del presente Convenio, así
como la notificación de las mismas a los interesados.
j) La recaudación del importe de las sanciones, tanto en periodo voluntario como en periodo
ejecutivo.
CVE:
BOP-2021-3353
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de julio de 2021
N.º 0129
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