Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2021-3181)
BOP-2021-3181 Aprobación definitiva del modelo de control interno.
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que se cumplen los requisitos exigidos por el artículo 103.5 de la Ley de Contratos del
Sector Público y que se aplica la fórmula de revisión prevista en el pliego de cláusulas
administrativas particulares.
e. En el caso de la certificación final, que está autorizada por el facultativo director de la
obra, que existe informe del órgano competente de supervisión de proyectos, si procede,
y que se acompaña acta de comprobación a la que se refiere el artículo 256. Asimismo,
cuando se incluya revisión de precios, para su abono, comprobar que se cumplen los
requisitos exigidos por el artículo 103.5 de la Ley de Contratos del Sector Público y que
se aplica la fórmula de revisión prevista en el pliego de cláusulas administrativas
particulares.
4.2. Abonos por aportaciones al término de la construcción:
Que existe acta de comprobación y que la aportación pública está prevista en el pliego o
documento descriptivo.
4.3. Abonos en caso de que la financiación de la construcción de la obra se realice a
través de subvenciones o préstamos reintegrables, de acuerdo con el artículo 265 de la
Ley de Contratos del Sector Público:
Se comprobarán los extremos previstos en el apartado segundo del presente Acuerdo y que la
aportación pública está prevista en el pliego o documento descriptivo.
5. Abono al concesionario de la retribución por la utilización de la obra:
a. Cuando se incluya revisión de precios, para su abono, comprobar que se cumplen los
requisitos exigidos por el artículo 103.5 de la Ley de Contratos del Sector Público y que
se aplica la fórmula de revisión prevista en el pliego de cláusulas administrativas
particulares.
b. Que se aporta factura por la empresa concesionaria de acuerdo con lo previsto en el
Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, que aprueba el Reglamento que regula
por el que se regulan las obligaciones de facturación y, en su caso, en la Ley 25/2013,
de 27 de diciembre, de Impulso de la factura electrónica.
c. En el caso de que la retribución se efectúe mediante pagos por disponibilidad, que se
aplican los índices de corrección automáticos por nivel de disponibilidad previstos en el
pliego, cuando proceda.
CVE:
BOP-2021-3181
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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