Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2021-3170)
BOP-2021-3170 Bases Concesión Subvención Directa Covid-19.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2. Copia compulsada de documento acreditativo de la identidad del/a autónomo/a (DNI)
o representante de la empresa solicitante, escrituras de constitución y CIF en su caso.
3. Certificado actualizado de la situación censal que indique que la actividad económica
con su fecha de alta, el domicilio fiscal y en su caso el del local de desarrollo de la
actividad.
4. Informe de Vida Laboral de la Empresa de los últimos doce meses, expedido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.
5. Documentación justificativa de la subvención según lo indicado en las presentes
bases.
6. Certificado de hallarse al corriente con Hacienda estatal (A.E.A.T.) y Seguridad Social
o Sistema de Previsión Social o Mutualidad alternativa, y con el Ayuntamiento de Eljas.
Se podrá autorizar al Ayuntamiento de Eljas a obtener directamente los datos que
acrediten hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el
Ayuntamiento de Eljas y estado de las licencias municipales obligatorias para el
desarrollo de la actividad empresarial.
7. Certificado bancario de titularidad de cuenta y/o fotocopia de la hoja de la libreta
donde aparece el/a titular de la cuenta.
BASE SÉPTIMA. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.
Se admitirán como conceptos justificativos de la subvención gastos de explotación devengados
y/o inversiones realizadas por la empresa a partir del 15 de marzo de 2020, cuyo importe sin
impuestos, sea igual o superior a la subvención concedida, aportándose las facturas
correspondientes junto con documentos bancarios acreditativos del pago de las mismas, según
los gastos subvencionables expuestos en las presentes bases.
La justificación de la subvención concedida, que se realizará por vía telemática a través de la
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Eljas o bien a través del Registro General de éste,
consistirá en la presentación de la solicitud según el Anexo II, junto con los documentos
acreditativos exigidos en las presentes bases.
La justificación de la subvención concedida se realizará en el plazo de 20 días hábiles a contar
desde el día siguiente al de la publicación de la subvención en el boletín oficial de la provincia
de Cáceres.
CVE:
BOP-2021-3170
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13838