Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2021-3169)
BOP-2021-3169 Bases Ayudas a Empresas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Primero: Señalar lo que proceda:
Que la actividad que desarrolla se ha visto afectada por el cierre obligatorio de
establecimientos dispuesto por el cierre decretado por la Junta de Extremadura, en
RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2021, RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2021 y
RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2021.
Que la actividad que desarrolla la empresa ha sufrido en el primer trimestre 2021 una
disminución de, al menos, un 20% en el volumen de operaciones de la empresa declarado en
el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en comparación con la base imponible de igual
período del año 2020.
Que la actividad que desarrolla la empresa ha sufrido en el primer trimestre 2021 una
disminución de, al menos, un 20% en el volumen de operaciones y la empresa solicitante
tributa en algún régimen específico del IVA donde no viene consignada esa información en los
correspondientes modelos de declaración presentados ante la Agencia Tributaria y no puede
acreditar tal disminución del volumen de operaciones, por lo que presenta la documentación
que acredita tal situación (cuentas de la empresa, relación de ingresos,...).
Segundo: Que la empresa tiene la consideración de microempresa o PYME según lo estipulado
en la base 4. apartado a) de la convocatoria.
Tercero: Estar dado/a de alta en el Régimen de la Seguridad Social o en la Muta Profesional
correspondiente y en Hacienda en el momento de la declaración del estado de alarma.
Cuarto. Que la actividad radica en el término municipal de CASAR DE CÁCERES.
Quinto: Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
impuestas por las disposiciones vigentes y, así mismo, no tener deudas con el Excmo.
Ayuntamiento de CASAR DE CÁCERES.
Sexto: Que no se halla incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de
persona beneficiaria de subvenciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se procederá a verificar los datos
que a continuación se relacionan salvo que usted, se opongan a que el Ayuntamiento de Casar
de Cáceres, realice dicha comprobación.
Me opongo a que se solicite y recabe de otros organismos públicos la comprobación de que
CVE:
BOP-2021-3169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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