Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2021-3169)
BOP-2021-3169 Bases Ayudas a Empresas.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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de más de cincuenta personas.
4.3. Quedan excluidas de esta convocatoria de ayudas:
a) Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas y otros
entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general entidades sin
ánimo de lucro.
b) Los/as autónomos/as colaboradores/as.
BASE 5. LINEAS DE SUBVENCIÓN: CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
Quienes reúnan los requisitos establecidos en la BASE 4 tendrán derecho a una ayuda lineal
consistente en la cantidad de seiscientos euros (600,00 €).
Las ayudas previstas en estas bases serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones
que puedan otorgar otras instituciones públicas o privadas con el mismo objeto y finalidad.
BASE 6. RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES.
Las ayudas contempladas en las presentes bases serán compatibles con otras ayudas,
subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, tanto privadas como públicas.
BASE 7. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará exclusivamente a través de medios
electrónicos:
1. La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en
el ANEXO I, que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento de Casar de Cáceres:
www.casardecaceres.com
2. Lugar de presentación: El ANEXO I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la
documentación justificativa requerida, será presentada de la siguiente manera:
a) En la sede electrónica del Ayuntamiento:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0
b) Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el
propio registro electrónico de la red SARA:
CVE:
BOP-2021-3169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
Pág. 13817
4.3. Quedan excluidas de esta convocatoria de ayudas:
a) Las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas y otros
entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general entidades sin
ánimo de lucro.
b) Los/as autónomos/as colaboradores/as.
BASE 5. LINEAS DE SUBVENCIÓN: CUANTÍA DE LAS AYUDAS.
Quienes reúnan los requisitos establecidos en la BASE 4 tendrán derecho a una ayuda lineal
consistente en la cantidad de seiscientos euros (600,00 €).
Las ayudas previstas en estas bases serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones
que puedan otorgar otras instituciones públicas o privadas con el mismo objeto y finalidad.
BASE 6. RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES.
Las ayudas contempladas en las presentes bases serán compatibles con otras ayudas,
subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, tanto privadas como públicas.
BASE 7. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
La solicitud de la subvención y su justificación se realizará exclusivamente a través de medios
electrónicos:
1. La solicitud de subvención se efectuará mediante el modelo normalizado que se adjunta en
el ANEXO I, que se podrá descargar de la página web del Ayuntamiento de Casar de Cáceres:
www.casardecaceres.com
2. Lugar de presentación: El ANEXO I de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con la
documentación justificativa requerida, será presentada de la siguiente manera:
a) En la sede electrónica del Ayuntamiento:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0
b) Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el
propio registro electrónico de la red SARA:
CVE:
BOP-2021-3169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de junio de 2021
N.º 0122
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